Justicia

¿Por qué la JEP le negó el ingreso a esa justicia al excongresista Manuel Ávila Peralta?

Con esta decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz, sus procesos regresan a la justicia ordinaria

JEP imagen de referencia. Foto: Getty Images.

JEP imagen de referencia. Foto: Getty Images. / NurPhoto

Bogotá

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz decidió rechazar el ingreso a esta justicia del excongresista Manuel Darío Ávila Peralta, en calidad de tercero civil y agente del Estado no integrante de la Fuerza Pública. La razón principal fue porque nunca respondió a los requerimientos que le hicieron desde el año 2020 y no aportó verdad como es uno de los compromisos establecidos para quienes desean someterse a la JEP.

El exrepresentante a la Cámara por Antioquia, Manuel Darío Ávila Peralta, fue condenado a 55 meses de prisión en la justicia ordinaria, por concierto para delinquir agravado, al probarse que promovió a grupos armados ilegales al margen de la ley, específicamente con los paramilitares, lo que en Colombia se conoció como la parapolítica.

En el estudio de la solicitud de sometimiento del excongresista Ávila Peralta, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP estableció que: no suscribió el acta de sometimiento; no presentó su compromiso claro, concreto y programad y no asistió a la diligencia de versión voluntaria de aporte temprano a la verdad a la que fue citado en febrero de 2022.

Con estos hechos quedó probado que el excongresista Manuel Darío Ávila Peralta, no tiene ningún interés en aportar ninguna verdad ante la Jurisdicción Especial para la Paz que considera como incumplimientos graves y recurrentes y llevaron a esta justicia transicional a negarle su ingreso y cualquier beneficio que se le pudiera otorgar.

Con esta decisión tomada por la Jurisdicción Especial para la Paz, todos sus procesos serán devueltos a la justicia ordinaria.

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