¿Se puede alquilar el parqueadero de un apartamento que está desocupado? Esto dice la ley
La ley especifica que se puede hacer bajo ciertos casos. Lea y conózcalos.
La propiedad horizontal es una figura de pertenencia a un bien que combina espacios de uso público y de dominio privado. Algunos de los ejemplos de inmuebles o bienes que tienen esta modalidad son los locales comerciales, casas a las que les pertenecen a más de una persona natural y el más común: conjuntos residenciales.
Este último tipo de posesión es el más recordado como propiedad horizontal y le pertenecen elementos públicos como zonas de juego, recepciones o salones comunales y, privados, como los apartamentos propiamente, depósitos y parqueaderos. Cuando es de uso reservado, de acuerdo con la Ley 675 del 2001, “el reglamento de administración de la propiedad horizontal no podrá contener normas que prohíban la enajenación de los bienes de dominio privado”.
Lea también...
Sin embargo, hay excepciones dentro de esa disposición jurídica, como el arriendo de parqueaderos que en ocasiones se encuentran sin unas personas que lo habitan. En ese sentido, el Ministerio de Vivienda ha dado información y claridad sobre este tema.
¿Qué dice el Ministerio de Vivienda sobre los parqueaderos de uso exclusivo?
El uso de parqueaderos en conjuntos residenciales es un bien al cual puede estar suscrito en las escrituras de propiedad del bien o es de uso comunitario. Respecto a esto, el Ministerio de Vivienda afirma que, si se prohíbe su utilización cuando se encuentra en mora con la administración, esto no es válido, ya que, solo se implementa cuando es de uso común.
El parqueadero de uso para visitantes o de disposición pública no se puede arrendar ni tampoco ser manejada por una sola persona. Esto quiere decir que nadie se debe apropiar de este elemento de los conjuntos de residencia y que tampoco se puede arrendar o sacar lucro, ya que, es público.
¿Se puede arrendar un parqueadero cuando el apartamento está desocupado?
Esto depende bajo la modalidad en la que se encuentran adjudicado el parqueadero, pues, si es un bien común de uso exclusivo, el Ministerio de Vivienda concluye que, “deben ser utilizados únicamente por el propietario al cual se le ha sido asignado”, y agrega, “este debe pagar por el uso exclusivo”.
Si esto fue incluido en el contrato de compra y venta, el propietario tiene derecho a usarlo bajo sus condiciones, sin dañar, modificar y afectar implementos de uso público de otros. Esto debe constatarse en las escrituras de propiedad del bien.
¿Qué pasa cuando no se hace un uso adecuado de un parqueadero de dominio privado?
Hay un proceso para el mal uso de un parqueadero de dominio privado. La primera instancia es la conciliación para resolver los conflictos de intereses y llegar a acuerdos justos que en la medida de las posibilidades respondan a las quejas de ambas partes.
Ahora, tenga en cuenta que cuando es un parqueadero de uso exclusivo, ni las Asambleas o consejos pueden imponer condiciones sobre este, ya que, hay una potestad total frente a ello. En caso de que no se encuentre conforme, puede emitir una queja a la Superintendencia de Industria y Comercio. Esta entidad es la encargada de verificar el cumplimiento de las normas frente a espacios de estacionamiento de carros, motos y bicicletas.