Economía

Aerocivil advierte que se pueden “reprogramar o cancelar vuelos” por falta de combustible

La reacomodación, suspensión o cancelación podrá hacerse en vuelos entre el 28 de agosto, y 4 de septiembre.

Aerocivil advierte que se pueden “reprogramar o cancelar vuelos” por falta de combustible

Nacional

Tras el anuncio de escasez de combustible de aviación realizado por la Asociación de Transporte Aéreo Internacional, la Aeronáutica Civil envió una circular informativa a las empresas de servicios comerciales de transporte público, informándoles que podrán adecuar su operación por problemas en el suministro de combustibles, acogiéndose a la sección 6.8 del Apéndice A del RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia.

En tal sentido, la Aerocivil abre puerta a reprogramación, suspensión o cancelación de vuelos entre el 28 de agosto y el 4 de septiembre, mientras se regula el problema de los suministros

“Las empresas podrán flexibilizar y/o adecuar su operación a la disponibilidad de su cadena de suministro del combustible de aviación, mediante la reacomodación, suspensión o cancelación de alguna de sus operaciones entre las 00:00 UTC del miércoles 28 de agosto hasta las 23:59 UTC del miércoles 4 de septiembre de 2024, acogiéndose a lo previsto en la disposición citada, previa notificación oportunamente a los pasajeros y adoptando las medidas de compensación o protección a las que eventualmente hubiere lugar”, dice la circular.

La aerolíneas que sigan este plan deberan tener en cuenta:

  • Interrupción de los servicios aéreos de la aerolínea debido a motivos imprevistos e inevitables que escapan del control de la aerolínea, por ejemplo, el cierre de un aeropuerto o espacio aéreo, condiciones climáticas adversas.
  • Acciones que pretenden afectar a estos servicios y que impiden que la aerolínea lleve a cabo sus operaciones programadas, por ejemplo, huelgas o paros sindicales.
  • Las aerolíneas deberán contactar con el coordinador lo antes posible, después de que se produzca la no operación o cancelación del vuelo, para confirmar que dichos vuelos no serán contabilizados como “no utilizados”.

Para lo anterior, la empresa deberá informar al coordinador de slots, con 24 horas de anticipación a la realización de los vuelos, sobre las decisiones tomadas. La Aeronáutica Civil se reserva el derecho de validación acerca de la justificación presentada.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad