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¿Cambiará la pensión de los militares con la nueva Reforma Pensional? Le explicamos

Conozca cómo funciona el sistema pensional de las Fuerzas Militares de Colombia.

Fuerzas Militares y dinero colombiano - Getty Images

Fuerzas Militares y dinero colombiano - Getty Images

El pasado 16 de julio de 2024, el Congreso concretó la nueva reforma pensional, bajo la ley 2381 de 2024. Según la Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, esta nueva reforma trae consigo nuevas oportunidades y ventajas.

“Fortalece e incentiva el ahorro individual pensional. Todo colombiano logrará cobertura de algún tipo en función de su ahorro y los más vulnerables tendrán un mayor apoyo del Estado” así lo indicó a través del portal de Ministerio de Trabajo.

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Luego de su aprobación, se han generado distintas preguntas en diferentes sectores, entre ellos se encuentran los miembros de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, los cuales están bajo un régimen pensional, que sostiene unos puntos diferentes en cuantos a los derechos y beneficios.

¿Cómo funciona el sistema de pensión para los militares?

Este se rige por el Decreto 4433 de 2004, este establece las condiciones para entrar al sistema pensional de los militares colombianos, los cuales están sujetos a la Asignación de Retiro, Pensión de Invalidez y Pensión de Sobrevivencia.

Ya sea un soldado, un oficial o suboficial, al cumplir un servicio de más de 20 años, podrá retirarse y acceder a una indemnización entre el 50% y el 70%, a este se le llama Asignación de Retiro. En cuanto a la invalidez y sobrevivencia estas se remiden cuando se hace constancia de ellas, sin importar el tiempo de servicio.

¿Cambiará la pensión de los militares con la nueva Reforma Pensional?

Para aspirar al sistema pensional de los militares en Colombia, la persona debe ser miembro activo, no obstante, no debe tener ningún tipo de antecedentes.

El nuevo régimen de la Reforma Pensional, regirá a partir del 1 de julio de 2025 y una de las preguntas más frecuentes en el sector de las Fuerzas Militares, es si esta modifica algún punto su pensión.

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Por el momento, tanto las Fuerzas Militares como la Policía seguirán con las mismas normas y derechos que se llevan en el Decreto 4433 de 2004, puesto que, esta no ha recibido ninguna modificación hasta el momento.

No obstante, el único cambio que el sistema pensional de los militares que ha cambiado hasta el momento es el de la ‘Mesada 14′. Debido a que, se modificó en el artículo 48 de la Constitución Política, en esta se estableció el ingreso adicional de los pensionados de la Fuerza Pública.

El pasado 25 de junio de 2024, el portal web del Senado de la República de Colombia “senado.gov.co” indicó que, “Los veteranos de la fuerza pública del país y los civiles que hayan trabajado en el sector defensa tendrán derecho a recibir la ‘Mesada 14′, un pago adicional por los servicios prestados que recibirán en junio de cada año, que dependerá de la asignación salarial de cada persona.”

Esta iniciativa de la ‘Mesada 14′, se había eliminado anteriormente bajo el acto legislativo 001, sin embargo, esta nueva vuelve a regir bajo la nueva Reforma Pensional.

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