Justicia

Minjusticia responde a demanda que busca tumbar un aparte de Ley de Restitución de Tierras

Se trata del apartado que establece la suspensión de todas las actuaciones administrativas sobre predios en proceso de restitución.

Minjusticia responde a demanda que busca tumbar un aparte de Ley de Restitución de Tierras

Judicial

Caracol Radio conoció un documento de 11 páginas que envió a la Corte Constitucional el Ministerio de Justicia. Con ese concepto, busca defender un apartado de la ley de víctimas y restitución de tierras que fue demandado.

Se trata del apartado que establece la suspensión de todas las actuaciones administrativas sobre predios en proceso de restitución, el demandante alega que esa norma vulnera el debido proceso y afecta la propiedad privada, porque a su juicio, “se bloquea toda explotación económica del predio”.

Mientras el alto Tribunal estudia dicha demanda, la cartera de Justicia en su concepto, señala que la demanda no cumple con los requisitos mínimos para que haya un pronunciamiento de fondo, y que los argumentos carecen de certeza y no son suficientes.

Para la cartera de Justicia, la demanda tampoco explica por qué la suspensión de los procesos administrativos es una limitación del derecho de dominio del opositor de los bienes, y que por ello, la Corte Constitucional debería declararse inhibida para proferir decisión de fondo.

“Se limita a señalar que la norma demandada afecta la presunción de inocencia del opositor, pero nunca se argumenta la razón por la que la suspensión de los procesos administrativos en alguna medida comporta un reproche de culpabilidad frente al opositor o una afectación de tal presunción de inocencia”, se lee en el documento.

En ese sentido, explican que “el proceso de restitución de tierras, desde su concepción delimitada en la Ley 1448, tiene una naturaleza y finalidades propias que lo distinguen de otros procesos de restablecimiento de la propiedad o agrarios, en tanto se encuentra irradiado por un propósito de justicia transicional, tal y como lo ha ratificado la Corte Constitucional, que ha concluido que aquel va más allá de la simple devolución de bienes materiales, y abarca principios y reglas que le asignan un interés público, como el carácter ágil y garantista encaminado a la protección de la vida, integridad y reparación integral de las víctimas del conflicto armado interno”.

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