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Lista de plásticos que estarán prohibidos en Colombia

Aquí le compartimos la lista de productos de plástico que serán prohibidos y las sanciones para quienes incumplan con la ley

Plásticos de un solo uso - Getty Images

Plásticos de un solo uso - Getty Images

A partir del domingo 7 de julio, se pondrá en marcha uno de los ejes principales de la ley 2232 de 2022, la cual establece una serie de medidas para la reducción “gradual de la producción y consumo de productos plásticos de un solo uso” en Colombia.

Así lo confirmó el Ministerio de Ambiente, el cual detalló que desde este fin de semana se dará inicio a la prohibición de ocho productos plásticos en todo el territorio nacional y se continuará con la eliminación gradual de 21 productos al 2030.

La apuesta de Colombia es lograr al año 2030 que el 100 % de los plásticos de un solo uso puestos en el mercado sean reutilizables, reciclables o compostables (degradados por organismos, biológicamente)”, señaló la cartera de Ambiente en un comunicado.

¿En qué consiste la ley que busca la reducción de plásticos de un solo uso?

La ley firmada por el Gobierno de Gustavo Petro, que contempla metas de reducción divididas en tres diferentes años: 2024, 2025 y 2023, hace parte de un compromiso que adquirió el país en noviembre de 2023, mediante la cual busca hacerle frente a “uno de los mayores contaminantes de nuestros ecosistemas”.

Este compromiso, que se estableció con más de 35 agremiaciones e instituciones vinculadas a la producción y comercialización de plásticos de un solo uso, establece unas estrategias para alcanzar una reducción gradual de estos productos.

“Colombia aprovecha 163 mil ton/año de materiales plásticos. Ciudades como Bogotá y Medellín transforman 13 mil ton/mes de residuos plásticos, apoyados en la labor de los recicladores de oficio y la red de cerca de 260 industrias transformadoras”, destaca el ministerio, que apuesta por

Lista de plásticos que estarán prohibidos en Colombia

Según lo establecido por la ley 2232 de 2022, estos son los ocho productos cuya producción y comercialización queda prohibidas:

  • Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial.
  • Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas.
  • Bolsas utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
  • Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
  • Mezcladores de plástico
  • Pitillos para bebidas.
  • Soportes plásticos de copos algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.
  • Soportes plásticos para las bombas de inflar.

Sanciones a quien incumpla la ley

La ley contempla una serie de sanciones para personas naturales o jurídicas que incumplan con lo establecido en este articulado, que serían impuestas por las autoridades ambientales. Estos van desde:

  • Multas de cien (100) hasta cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, al momento de la ocurrencia de los hechos.
  • Decomiso de los elementos plásticos mencionados en el artículo 5o de la presente ley.
  • Clausura temporal del establecimiento, la cual en todo caso no podrá exceder de un (1) mes.
  • Clausura definitiva del establecimiento.

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