Economía

Umbral de cotización a Colpensiones de reforma pensional quedó en 2,3 salarios mínimos

Avanza la reforma pensional en el Senado de la República, cuya discusión ha logrado aprobar más de la mitad del texto.

Debate de reforma pensional. Foto: Colprensa.

Debate de reforma pensional. Foto: Colprensa.

Continúa el debate de la reforma pensional en el Congreso de la República. El Senado ha aprobado 58 de los 94 artículos que compone el articulado. En esta jornada del 17 de abril se aprobaron 31 artículos, entre los cuales se encuentran los principales artículos que han sido materia de discusión, como lo son aquellos que modifican el umbral de cotización obligatorio a Colpensiones y la definición de qué ente administrará los fondos pensionales.

Se trata del artículo 3, mediante el cual por medio de proposiciones se aprobó que el umbral de cotización obligatorio a Colpensiones queda en 2,3 salarios mínimos, tal como lo había propuesto el partido liberal. Este era uno de los artículos cruciales, por lo que se dieron varias horas de debate frente a este apartado.

Con 43 votos a favor y 40 en contra fue aprobada la proposición del senador Honorio Henríquez, que propone una modificación al artículo 36 del texto original. En el texto original se planteaban 1150 semanas de cotización y tener tres hijos para acceder a la pensión, y sugería reducir este requisito a 1000 semanas y mantener el número de hijos en tres. El artículo con la proposición quedó con una reducción aún mayor, a 850 semanas, manteniendo el mismo criterio de tres hijos. Esto implica una flexibilización de los requisitos de cotización para las mujeres que deseen acceder a la pensión.

La ministra de trabajo, Gloria Inés Ramírez, criticó esta decisión, asegurando que esta medida abrirá un hueco fiscal importante para los fondos de pensiones: “entiendo la proposición para mejorar las condiciones de las mujeres, esto nos rebaja a 850 semanas, pero deja un hueco fiscal y por eso el gobierno no la acompaña”.

Otro de los artículos aprobados fue el 63, el cual con algunas modificaciones establece las normas para la inversión de los recursos del sistema de pensiones, asegurando seguridad, rentabilidad y liquidez. Las administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual deberán seguir las pautas que el Gobierno Nacional determine, considerando diversos activos según el nivel de riesgo. El Gobierno regulará el uso de intermediarios para optimizar las inversiones, pero las decisiones sobre los objetivos de inversión seguirán en manos de las administradoras.

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