En qué se diferencia la pensión vitalicia de invalidez: Beneficiarios y cómo tramitarlas
Aunque parecen términos similares, existen diferencias sustanciales en este beneficio, conozca cuáles son
Acceder a una pensión y vejez digna es uno de los propósitos más comunes de los trabajadores colombianos, quienes tienen como objetivo descansar tras cumplir 1300 semanas laborales: los hombres al tener 62 años y las mujeres 57.
En Colombia, la pensión es considerada como un derecho fundamental que se adquiere al cumplir con los requisitos establecidos. Todos los trabajadores, dependientes o independientes, pueden cotizar para acceder a una pensión de vejez, de acuerdo con la ley 100 de 1993.
Existen tres tipos de pensiones en Colombia: la pensión de invalidez, pensión de sobrevivencia familiar y la pensión de vejez, las cuales suben de acuerdo con el aumento del salario mínimo cada año.
¿Qué es una pensión vitalicia?
Una pensión vitalicia es una figura diferente, ya que no está en el sistema y la cubre un seguro. Según Mafre, “es una modalidad de pensión que contrata el trabajador con una compañía de seguros de vida. La compañía adquiere la obligación de cancelar al trabajador afiliado el pago de una renta mensual, para toda la vida del afiliado y sus beneficiarios o herederos, al momento de su fallecimiento”.
En un sentido práctico, el beneficiario entrega a la compañía aseguradora todos sus fondos previsionales, los cuales se emplearán para financiar la pensión contratada a través de la compañía aseguradora.
Dentro de las características principales de las rentas vitalicias destacan:
- Una vez contratada, el asegurado deja de tener control sobre la totalidad de sus fondos de pensión.
- El contrato que se establece entre las partes es irrevocable, por lo que el asegurado no puede cambiar de compañía aseguradora ni de modalidad de pensión.
- En la modalidad de renta vitalicia inmediata, el asegurado puede solicitar que se le otorguen condiciones especiales de cobertura, de manera que se mejoren las condiciones de sus sobrevivientes en caso de fallecimiento.
¿En qué se diferencia de una pensión por invalidez?
La pensión por invalidez, en cambio, es una prestación económica que se otorga a quienes han perdido la capacidad física o mental para trabajar de manera permanente o temporal, ya sea por causas comunes o laborales.
Según la página de Porvenir, “es una pensión que obtienes cuando pierdes el 50% o más de tu capacidad laboral y cumplas con los requisitos de Ley. Este dinero lo recibes mensualmente por haber cotizado constantemente a la pensión obligatoria”.
Tenga en cuenta que la pensión por invalidez se da por una enfermedad o accidente de origen común o de origen profesional, ambas diagnosticadas por un médico tratante.
Así, la diferencia principal de estas pensiones es su propia naturaleza, la pensión vitalicia es un contrato privado con una compañía de seguros y la pensión de invalidez es una prestación pública del Estado o AFP.
Así mismo, la pensión vitalicia se paga hasta el fallecimiento del pensionado y la pensión de invalidez puede ser temporal o permanente, sujeta a revisión médica.
Beneficiarios:
- Pensión vitalicia: Se pueden designar beneficiarios de sobrevivencia.
- Pensión de invalidez: No hay beneficiarios de sobrevivencia.
Requisitos para solicitar la pensión de invalidez
- Contar con una calificación de pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%
- Tener 50 semanas cotizadas dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha de estructuración.
- Fecha de estructuración: Es la fecha cuando por efecto de la enfermedad la persona presenta o alcanza el porcentaje de pérdida de capacidad para laborar. Esta fecha se encuentra dentro del dictamen de invalidez y se sustenta con la historia clínica.
Nota: Si es menor de 20 años requiere haber cotizado 26 semanas en el último año, si es mayor de 21 años debes haber cotizado 50 semanas durante los últimos tres años antes de la ocurrencia del evento.