Justicia

Tribunal precluyó caso de jueza que ordenó libertad de integrantes de Primera Línea

El caso queda cerrado. Caracol Radio le cuenta los detalles de la decisión

TRIBUNAL PRECLUYÓ CASO DE JUEZA QUE ORDENÓ LIBERTAD DE INTEGRANTES DE PRIMERA LÍNEA

TRIBUNAL PRECLUYÓ CASO DE JUEZA QUE ORDENÓ LIBERTAD DE INTEGRANTES DE PRIMERA LÍNEA

01:15

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

<iframe src="https://caracol.com.co/embed/audio/509/1709853633991/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>

Imagen de referencia.

JUDICIAL

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá precluyó la investigación en favor de la jueza Lilyan Jhoana Bastidas, quien otorgó las primeras libertades a integrantes de La Primera Línea que fueron nombrados por el gobierno Nacional como voceros de paz.

Tribunal de Bogotá precluyó caso de jueza que ordenó libertad de integrantes de Primera Línea

Resulta que, el 20 de diciembre de 2022, la juez Lilyan Johana Bastidas, en su calidad de Juez Coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao en Bogotá, expidió las respectivas boletas de libertad en favor de Santiago Márquez Charry y a Adriana Esperanza Bermeo, tras una solicitud que hizo la oficina del Alto Comisionado de Paz.

Esa jueza fue investigada por prevaricato por acción y abuso de función pública, tras una denuncia que interpuso la Procuraduría General.

Al revisar el caso, los magistrados del Tribunal le dieron la razón a la Fiscalía y a la defensa de la juez. El Tribunal concedió la preclusión por “atipicidad del hecho investigado”, es decir, que las actuaciones de la juez no se configuraron como un acto delictivo.

“Bajo ese panorama, pese a que el peticionario estimó que doctora Lilyan Johana Bastidas Huertas no incurrió en el delito de Abuso de Función Pública pero sí cometió la conducta de Prevaricato por Acción, con ausencia de dolo, los elementos materiales probatorios aportados a la actuación dan cuenta que en el proceder cuestionado no concurren los elementos objetivos que configuran ambas conductas, razonamiento suficiente para estimar acreditada la causal de preclusión invocada por la Fiscalía, si se tiene en cuenta que como la norma que la regula no distingue entre la atipicidad objetiva y la subjetiva, en términos de la H. Corte Suprema de Justicia «se concluye necesariamente que incluye ambas categorías y sobre ello debe recaer el examen» y, en ese marco, se decretará la preclusión, por lo que cesará con efectos de cosa juzgada la persecución penal en contra de la indiciada por los hechos aquí descritos”, se lee en la decisión.

Tribunal precluyó caso de jueza que ordenó libertad de integrantes de Primera Línea

Ninguna de las partes interpuso recursos, lo que quiere decir que esa decisión del Tribunal Superior de Bogotá quedó en firme.

Hay que recordar que, el pasado 22 de febrero, la Corte Suprema de Justicia revocó esas libertades y ordenó convocar a una audiencia pública en la cual, las partes intervinientes puedan pronunciarse al respecto.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad