Mediante decreto, en Montería prohíben consumo de drogas en las zonas de espacio público
La prohibición estará vigente las 24 horas del día los siete días a la semana, según lo estipulado en el el Decreto 038 del 15 de enero de 2024.
Montería
La Alcaldía de Montería expidió el Decreto 038 del 15 de enero de 2024 mediante el cual se prohíbe el consumo de drogas, inclusive de dosis personal, en un perímetro de 200 metros de las zonas de espacio público.
Esto aplica en instituciones educativas públicas o privadas, zonas históricas o declaradas de interés cultural, parques, estadios, coliseos, centros deportivos y culturales e instituciones prestadoras de servicios de salud.
De esta manera, el alcalde de Montería, Hugo Kerguelén García, cumplió el compromiso que se hizo en materia de seguridad y convivencia ciudadana en cuanto a la prohibición del porte, consumo, distribución, ofrecimiento, y comercialización de sustancias psicoactivas, tal y como lo expresó el pasado mes de diciembre y ratificó el pasado 11 de enero en el Primer Encuentro Urbano para el Desarrollo y el Trabajo.
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“Estamos cumpliendo con lo que anunciamos en diciembre. Montería debe ser una ciudad en la que debemos encontrar, bajo criterios razonables, el equilibrio entre los derechos de todos, en especial para que nuestros niños, niñas y adolescentes no estén expuestos en el espacio público al consumo de sustancias psicoactivas. La Constitución establece que los derechos de los niños priman sobre cualquier otro derecho y así lo haremos valer en nuestra administración”, enfatizó el mandatario.
Por último, el alcalde dejó claro que esta prohibición estará vigente las 24 horas del día los siete días a la semana y fue enfático al afirmar que “quienes no acaten la medida serán objeto de las medidas correctivas a que haya lugar”.
Controversia con el Gobierno nacional
Justamente, el alcalde de Montería, Hugo Kerguelén García, controvirtió al Gobierno Nacional a propósito del decreto del Código de Policía que derogó el presidente Gustavo Petro relacionado con la prohibición, la posesión, tenencia, entrega, distribución y comercialización de drogas o sustancias prohibidas en espacios públicos.
“Montería debe ser una ciudad respetuosa de los derechos e incluyente. Sin embargo, debemos encontrar, bajo criterios razonables, el equilibrio entre los derechos de todos”, sostuvo Kerguelén García cuando aún era alcalde electo, elegido el pasado 29 de octubre en las urnas.
Asimismo, dijo que “Garantizaremos que nuestros niños y adolescentes no estén expuestos en el espacio público al consumo de sustancias psicoactivas. La Constitución establece que los derechos de los niños priman sobre cualquier otro derecho”.
Es de resaltar que la medida, establecida por la norma 1844 del 2018, otorgaba facultades especiales a la Policía para combatir el microtráfico de estupefacientes. La derogación de esta normativa generó debate sobre sus posibles implicaciones en la seguridad pública y la lucha contra el tráfico de drogas en las ciudades.
Pauta a entes territoriales
En cumplimiento de una orden de la Corte Constitucional (Sentencia C-127 de 2023), el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Justicia y del Derecho, expidió el Protocolo para la aplicación de artículos del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, relacionados con la restricción del consumo de sustancias psicoactivas en parques y zonas del espacio público.
El documento plantea pautas a los entes territoriales y sus autoridades de policía, teniendo como base la protección y prevalencia de derechos de los niños, niñas y adolescentes. Además, señala que las autoridades están facultadas para regular la prohibición del consumo de sustancias psicoactivas dentro de la autonomía territorial y sus competencias legales.