Justicia

Corte declara que existe grave violación de los DDHH contra lideres sociales del país

La Corte Constitucional declaró el Estado de Cosas Inconstitucional

Foto: Colprensa.

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La Corte Constitucional declaró el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) debido a la falta de concordancia entre la persistente, grave y generalizada violación de los derechos fundamentales de la población líder y defensora de derechos humanos, por un lado, y la capacidad institucional y presupuestal para asegurar el respeto, garantía y protección de esos derechos.

Y es que esto se da porque veinte líderes y lideresas y defensoras y defensores de derechos humanos presentaron una acción de tutela reclamando la protección constitucional de su derecho a defender derechos. De esos relatos, aseguran que se desprendieron vulneraciones individuales en los casos concretos y vulneraciones generales.

Explicaron que sobre el riesgo respecto de su vida e integridad personal las y los accionantes manifestaron que si bien el Estado les ha brindado protección a través de esquemas de seguridad ello no es suficiente porque:

Las amenazas y los atentados continúan; los esquemas de protección no tienen enfoque diferencial de género, étnico racial, cultural ni territorial; las medidas de protección, en algunos casos, no son suficientes para proteger sus vidas; y no hay políticas que eviten la estigmatización sistemática de la cual son víctimas.

Adicionalmente, señalaron la necesidad de ordenar a la Fiscalía General de la Nación que adopte las medidas necesarias para dar prioridad de manera célere, eficaz y adecuada a las investigaciones relacionadas con amenazas contra la población líder y defensora de derechos humanos.

Después de estudiar esto, la Sala Plena encontró, entre otras cosas, que las causas de la violación no se encuentran completamente relacionadas con la ausencia de instrumentos o instancias para la protección de los derechos cuya violación se ha identificado.

Sin embargo, “la inexistencia de un plan articulado en un instrumento claro y preciso, sí ha contribuido a la infracción de los derechos. En adición a ello existen graves deficiencias en la organización de los recursos humanos y materiales disponibles, así como en asignaciones presupuestales probablemente insuficientes”.

Por eso esas circunstancias, que pueden obedecer “a la falta de voluntad institucional para dialogar e interactuar conjuntamente, exige de las autoridades un esfuerzo por ajustar sus propios comportamientos. A juicio de la Corte ello puede contribuir efectivamente a enfrentar las fallas estructurales aquí detectadas”, dice el fallo.

Eso si le pidieron a diferentes entidades que deben ejecutar planes para evitar esta problemática:

Corte Constitucional 1

Corte Constitucional 2

Corte Constitucional 3

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