Procuraduría pide disminuir semanas de cotización de mujeres del régimen privado

Expertos hablan sobre el tema

Corte Constitucional cambia semanas de cotización para lograr la pensión de mujeres. Foto: Getty Images

Corte Constitucional cambia semanas de cotización para lograr la pensión de mujeres. Foto: Getty Images / skynesher

La Procuraduría General pidió tumbar el artículo 65 de la ley 100 del 93 que exige a las mujeres cotizar 1.150 semanas para acceder a una pensión mínima de vejez, pero ahora, en el régimen del ahorro individual.

Es importante recordar que en junio de este año, la Corte Constitucional cambio las semanas de cotización para pensión de mujeres y dijo que a partir del 2026 ya no serán 1.300, sino 1.000 a cotizar, esto en el sistema público de Colpensiones.

En conclusión lo que pide la Procuraduría es que, del mismo modo, cambie al régimen de ahorro individual privado, es decir las que pertenecen a Colfondos, Porvenir, entre otras.

En un concepto enviado a los magistrados, la Procuradora, Margarita Cabello Blanco, resaltó que la referida norma “desconoce el principio de igualdad material, omite la protección de las personas en situación de debilidad manifiesta y la reglamentación que pretende combatir la desigualdad histórica de género”

El Ministerio Público destacó que está justificado constitucionalmente fijar una edad pensional menor para ellas (57 años) en comparación con los hombres (62 años), debido a la discriminación y las desigualdades del mercado laboral.

En este sentido, la Procuradora advirtió que no es consecuente que, sin perspectiva de género se les exija el mismo tiempo de cotización para lograr la pensión mínima de vejez en el régimen de ahorro individual (1.150 semanas).

Caracol Radio consultó a expertos en este tema quienes nos explican más sobre el modelo de pensiones en el país. “El sistema general de pensión es un mecanismo creado con el fin de generar un sustento en caso de vejez, invalidez o muerte de un trabajador. En Colombia existen dos modelos de cobertura compuestos por el régimen solidario de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad que este es manejado por los fondos privados. Lo que se busca con la reforma está dirigido al régimen solidario de prima media con el fin de generar un sustento en caso de vejez, invalidez o muerte de un trabajador”, dijo Linndsay Ordóñez, gerente de Centro Jurídico Internacional

¿Y cuál sería el impacto de esta decisión si la Corte acepta este concepto enviado por la Procuraduría para beneficiar a mujeres que están en el régimen público y privado? Carlos Prieto, del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana.

“Jurídicamente digamos que eso es admisible y lógico, porque no se podría establecer un régimen diferenciado en perjuicio de un grupo de personas. El perjuicio en este caso sería para las mujeres afiliadas al régimen de ahorro individual que tendrían que cotizar 150 semanas adicionales”, aseguró.

La Entidad indicó que con el sistema actual un hombre debe aportar 26,1 semanas por año, mientras que una mujer debe cotizar 29,4, por lo que la medida de reducción de la edad pierde su eficacia en un gran número de casos, cuando ellas no logran la cantidad exigida en la ley.

Finalmente, la Procuraduría resaltó que le pide a la Corte disponer una solución similar a la adoptada para el régimen de prima media (Colpensiones), consistente en ordenar la disminución progresiva del requisito de aportes hasta las 1.000 semanas de cotización, a efectos de asegurar también los derechos de las mujeres afiliadas al régimen de ahorro individual (AFP privadas).

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