Corte Suprema revive condena a un hombre que violó a una mujer en Cali
En el caso se habían valorado mal las pruebas y no existía duda razonable para absolver

Colprensa(Thot)

Colombia
Según lo dio a conocer la sala de casación penal de la Corte Suprema de Justicia el seis de abril de 2013, hacia las 5:30 de la tarde una menor de 15 años de edad quien vivía en zona rural de Cali, se preparaba para salir con su novio a pasear, cuando fue sorprendida por tres individuos, entre quienes se encontraba Esteban Patiño Gaviria.
Los agresores ingresaron de manera abrupta a su residencia y la amenazaran con un arma de fuego para doblegar su voluntad con el propósito de accederla carnalmente, lo que lograron todos ellos, de forma sucesiva. Además, le causaron varias cortadas en su brazo izquierdo, al tiempo que la golpeaban e insultaban.
Patiño Gaviria actuó con el propósito de vengarse de la víctima y de sus familiares, toda vez que días atrás ésta impidió que le disparara a uno de sus hermanos, con quien el procesado tuvo una desacuerdo por una bicicleta.
Y aunque Patiño fue condenado en primera instancia por un juez, en segunda el Tribunal Superior de Cali lo absolvió, según ellos por duda razonable.
Sin embargo, se interpuso un recurso de casación que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia estudió para concluir que en este caso hubo graves errores en la valoración de las pruebas y testimonios por parte del tribunal. Entre esos:
“... El procesado hizo parte del grupo que agredió sexualmente a la víctima. Su conclusión se basa en lo siguiente: (i) en el juicio oral, la víctima señaló a PATIÑO GAVIRIA como uno de los agresores, describió detalladamente lo sucedido y explicó razonablemente que en principio optó por ocultar la identidad de dichos sujetos por temor de que atentaran contra su familia; (ii) la notoria consternación de la testigo al relatar lo sucedido también le imprime verosimilitud a su relato,(iii) es creíble lo que dijo uno de los hermanos de la víctima –Maicol David- en el sentido que ingresó a la residencia, vio a su hermana totalmente doblegada y alcanzó a ver al procesado cuando huía por la terraza de la edificación; (iv) el otro hermano de la víctima – Juan Pablo- no solo confirma que la joven estaba en el piso, semidesnuda y con notorios signos de violencia, sino que, además, declaró que fue amigo del procesado pero dicho vínculo se rompió por un problema que tuvieron por una bicicleta, lo que se aviene totalmente a lo expuesto por la víctima sobre los antecedentes del ataque sexual y las razones que tuvo para faltar a la verdad con el propósito de proteger a su familia”
Además, “ la hermana de la víctima –Lina-, corroboró que ésta se encontraba en compañía únicamente de su hermano menor, al tiempo que se refirió al hallazgo de sangre en la casa, al desorden causado por los agresores y al hecho de que su consanguínea fue trasladada a un hospital a raíz de estos hechos; y (vi) la perito que realizó el reconocimiento físico se refirió a la presencia de heridas en el brazo de la víctima, cuyo estado de sanación corresponde al tiempo transcurrido entre los hechos y el reconocimiento”.
Fue por esto entonces que el ato tribunal revivió la sentencia condenatoria emitida el 3 de noviembre de 2017 por el Juzgado Octavo Penal del Circuito de Cali, que condenó a Patiño a 17 años de cárcel como coautor del delito de acceso carnal violento agravado a esta joven de 15 años de edad.
Cristina Martín
Cubre la información de Bogotá y el departamento de Cundinamarca desde el año 2019. Se ha especializado...




