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Exdirectivos de Reficar apelarán fallo de responsabilidad fiscal

Aseguran que no han sido notificados de la decisión de la Contraloría General de la República

Modernización de la Refinería de Cartagena

Modernización de la Refinería de Cartagena(Colprensa)

Exdirectivos de la junta directiva de Reficar y miembros de la administración anunciaron que apelarán el fallo de responsabilidad fiscal que por $ 2.9 billones profirió la Contraloría General de la República.

Señalan que hasta el momento no han sido notificados del fallo y que se enteraron del mismo a través de los medios de comunicación.

Es de precisar que, así como la Procuraduría, la Contraloría no encontró ninguna conducta que pudiese catalogar como actos de corrupción”, señalan a través de un comunicado.

El comunicado señala lo siguiente:

  1. Respetamos la decisión de la Contraloría pero disentimos de la declaratoria de responsabilidad fiscal en contra de los funcionarios de Reficar. La Contraloría se apartó durante todo el proceso del inmenso caudal probatorio que demuestra que tomamos las mejores decisiones para salvaguardar los recursos públicos invertidos y se garantizó la terminación y puesta en marcha de la Refinería. En consecuencia, no estamos ante un fallo en derecho.
  1. El fallo de la CGR según el contenido que se expone en los medios de comunicación, y que esperamos conocer integralmente y por los conductos regulares, es abiertamente contradictorio con las conclusiones a las que arribó la Procuraduría General, después de 8 años de profundas investigaciones en las que destacó la actuación diligente y acertada de los miembros de Junta Directiva y demás administradores de Reficar en lo relacionado con las adiciones del CAPEX que han dado lugar al proceso adelantado por la Contraloría en el que se ha proferido fallo adverso según lo anuncian los medios de comunicación
  1. Es de precisar que, así como la Procuraduría, la Contraloría no encontró ninguna conducta que pudiese catalogar como actos de corrupción.
  1. Con su fallo, según el contenido que se anuncia en los medios de comunicación, y los reparos que se habían formulado en el curso del proceso, la Contraloría atribuye responsabilidad fiscal bajo el argumento de haber incumplido con una expectativa de rentabilidad que se calculó con base en un costo inicial del proyecto absolutamente subestimado por parte de la firma contratista CB&I.
  1. El que se alcance o no la expectativa de rentabilidad es algo que sólo se sabe con certeza al final de la vida útil de la refinería, y en todo caso aun cuando no se logre tal rentabilidad ello no constituye un detrimento patrimonial. El fallo pone en riesgo la ejecución futura de megaproyectos en Colombia, ante la incertidumbre que supondría para cualquier decisor, tener que responder patrimonialmente por diferencias entre la expectativa de rentabilidad y la que resulte como indicativa en cada momento de evaluación de un proyecto. Se impone además a los miembros de Junta Directiva y Administradores la obtención de la rentabilidad como obligación de resultado, so pena de responder con su patrimonio.
  1. El costo inicial proyectado en 2009 por CB&I de USD 3777 millones, no puede ser el punto de referencia para determinar lo que en realidad costaría construir la Refinería de Cartagena, pues el tiempo probó que el estimado inicial de costo y tiempos eran errados y subestimados.
  1. El expediente del proceso cuenta con más de 10 experticias técnicas emitidas por reputadas firmas nacionales e internacionales, entre las cuales se destacan las de Guillermo Perry Rubio, Rudolf Hommes y Juan Carlos Quintero, que concluyeron que las actuaciones fueron diligentes, acertadas, racionales desde el punto de vista económico y financiero, y aseguraron la terminación del proyecto y el retorno de la inversión. Igualmente cuestionaron categóricamente las metodologías a partir de las cuales la Contraloría determinó y cuantificó el pretendido daño. La Contraloría no solo desconoció estas experticias sino un informe técnico emitido por un equipo de apoyo técnico de la propia entidad de control.
  1. La Tasa Interna de Retorno del proyecto siempre fue positiva, por tanto, no se generó pérdida de alguna parte de la inversión tal como concluyeron los mencionados expertos.
  1. Todos los ajustes presupuestales fueron respaldados por rigurosos análisis previos, surtieron los controles reglamentarios, fueron avalados por la Junta Directiva de Ecopetrol, y obedecieron a decisiones necesarias y convenientes para la ejecución del proyecto, de una parte y, de otra, a deficiencias del contratista CB&I responsable de la ejecución.
  1. Entre las diversas estrategias y planes de mitigación implementados, durante los años 2012 y 2013, la Junta Directiva y la administración de Reficar, con el apoyo de expertos, evaluaron demandar al contratista, retirarle alcance o cambiarlo. La opción menos onerosa y de menor riesgo resultó ser continuar con el contrato y presentar la reclamación arbitral después de haber garantizado la terminación del proyecto.
  1. Gracias a la estrategia adoptada por los Directivos de Reficar en beneficio del patrimonio público, en el sentido de asegurar la terminación del proyecto antes de entrar en litigios ante el tribunal competente, hoy Colombia tiene una refinería de clase mundial en operación que genera beneficios ciertos y directos a Reficar y Ecopetrol en particular y a la economía nacional en general, más un proceso arbitral en Estados Unidos en el que reclama no menos de dos mil millones de dólares a CB&I. No obstante, es evidente que las pretensiones de Reficar y los intereses de la Nación se verían afectados si llegara a confirmarse esta injusta decisión de la Contraloría contra los ex - funcionarios de Reficar.

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