Las contradicciones de la Cancillería en el caso de Salvatore Mancuso
Aún no es claro si se presentó la solicitud de extradición ante el Departamento de Estado de los Estados Unidos.
Aunque el Gobierno Nacional ha dicho que adelanta todos los trámites necesarios para que el exjefe paramilitar Salvatore Mancuso sea extraditado a Colombia, en las últimas horas la Cancillería ha presentado tres comunicados diferentes sobre la solicitud que presentó al Departamento de Justicia de los Estados Unidos.
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En un primer documento, el Gobierno aseguró que se dio un trámite efectivo a la solicitud de extradición, atendiendo todos los requerimientos de información para soportar las solicitudes, y que las autoridades judiciales de ese país seguían estudiando las opciones.
Incluso, el comisionado de Paz, Miguel Ceballos, dijo que cualquier retraso, problema u obstáculo que se haya presentado frente a ese trámite no responde a ningún tipo de mala práctica ni de demora por parte de la gestión del Gobierno Nacional.
Sin embargo, en un segundo documento, la Cancillería admitió que no ha solicitado formalmente la extradición de Salvatore Mancuso, argumentando que el día 20 de agosto de 2020 se presentó la solicitud de captura con carácter urgente, pero que aún se están traduciendo los 2.115 folios de documentos que presentó el Tribunal Superior de Bogotá.
“Una vez cuente con la traducción de todos los demás documentos aportados por el Tribunal, se procederá a formalizar la solicitud de extradición ante el Departamento de Estado”, dijeron.
A esto se suma una declaración de la Canciller, Claudia Blum, y de la directora de Asuntos Jurídicos Internacionales de la Cancillería, Alejandra Valencia, en la que se señala que la solicitud de extradición de Salvatore Mancuso sí se presentó.
“Es importante tener claro que Colombia ha presentado tres solicitudes de extradición que están siendo estudiadas y tramitadas. Frente a la solicitud presentada el 20 de agosto, se aclara que la extradición puede iniciarse de dos formas: a través de una solicitud de detención preventiva con fines de extradición, o puede iniciarse a través de una solicitud formal de extradición, las dos figuras son totalmente válidas”, explicó
“En este caso, ante la urgencia y necesidad de que se decrete la captura de Mancuso se presentó la solicitud de detención preventiva con fines de extradición, cumpliendo con todos los requisitos que se exigen para esta clase de solicitudes, se acompañó de todas las formalidades siendo una de estas la presentación de la documentación en idioma inglés”, aseguró Alejandra Valencia.