Para <strong>retomar o iniciar actividades</strong> en las salas de ventas, es imprescindible que se tomen en cuenta las <strong>disposiciones contenidas</strong> en el protocolo de <strong>bioseguridad</strong> del sector.De acuerdo con el <a title="MinVivienda" href="https://caracol.com.co/tag/mvct_ministerio_vivienda_ciudad_territorio_colombia/a/" target="_blank">ministerio de Vivienda</a>, estas incluyen, establecer el plan de comunicaciones, las rutinas de aseo, procedimientos de <strong>prevención y la capacitación</strong> a los colaboradores, entre otras. Por su parte, las <strong>entidades territoriales</strong>, de manera autónoma, podrán establecer <strong>condiciones adicionales</strong> como el <strong>registro o aprobación</strong> de protocolos para permitir las <strong>actividades</strong>.Según cifras de <strong>Camacol</strong>, desde el primero de junio se ha retomado la comercialización en salas de venta en más el <strong>95%</strong> de las ciudades del país.La comercialización de los <strong>inmuebles</strong> deberá ser apoyada en medios digitales lo máximo posible, y se podrán hacer visitas en <strong>modalidad virtual</strong>. Sin embargo, la visita a apartamentos o casas modelo puede realizarse, siguiendo las recomendaciones del numeral 3.6.8. "Recorrido al <strong>proyecto</strong>" de la <strong>resolución 890 de 2020</strong> expedida por el <a title="MinSalud" href="https://caracol.com.co/tag/msps_ministerio_salud_proteccion_social_colombia/a/" target="_blank">Ministerio de Salud y Protección Social</a>.Para las visitas es necesario el <strong>agendamiento</strong> de una cita, que solo asista una persona y se sigan todas las medidas de <strong>bioseguridad</strong> como el uso de elementos de protección como <strong>tapabocas</strong> y la <strong>desinfección</strong> previa y posterior de los <strong>inmuebles </strong>mostrados.En el eventual caso que el <strong>apartamento modelo</strong> se encuentre dentro de una propiedad horizontal que ya se encuentre <strong>habitado</strong>, se deberán seguir las indicaciones del numeral 3.5.2 "Presentación del inmueble en <strong>modalidad presencial</strong>" de la mencionada <strong>resolución 890 de 2020</strong>, y tener especial precaución con las áreas comunes.Las disposiciones del <strong>Gobierno Nacional</strong> no establecen horarios para las actividades exceptuadas del aislamiento <strong>preventivo obligatorio</strong>, sin embargo, las entidades territoriales sí pueden definir <strong>horarios de funcionamiento</strong>.Es potestad de <strong>cada proyecto</strong>, y dependiendo del aforo que la sala de ventas maneje, establecer la asignación de citas. Esta programación debe hacerse garantizando siempre el distanciamiento social de <strong>mínimo dos metros</strong> entre personas.El numeral 3.6.6.1.4 del anexo de la <strong>resolución 890 de 2020 del Ministerio de Salud y</strong> <strong>Protección Social</strong> establece "Al ingreso, el personal de <strong>vigilancia</strong> o responsable encargado de la seguridad, previo consentimiento del visitante debe registrar información básica y preguntar por síntomas de enfermedades respiratorios y otras condiciones de vulnerabilidad médica, relacionadas con el <strong>coronavirus</strong> <a title="Coronavirus Covid-19" href="https://caracol.com.co/tag/covid_19/a/" target="_blank">COVID-19</a>"Así mismo, el numeral 3.6.7 del mismo <strong>protocolo</strong> aporta medidas adicionales que deben ser advertidas al momento de la <strong>asignación de citas</strong>. Estas incluyen, la toma de temperatura, el mantenimiento de una distancia mínima de <strong>dos metros</strong>, la visita de un solo miembro de <strong>familia por cita, entre otras</strong>.Es fundamental que todos los <strong>colaboradores</strong> sean capacitados sobre las medidas contenidas en la resolución 890 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social que se relacionan con el <strong>autocuidado</strong> y con la interacción con terceros. En esta capacitación es importante reiterar el uso de los <strong>Elementos de Protección Personal</strong> –EPP- y exigirlos a los clientes y personal externo, adicionalmente siempre guardar distancia de <strong>mínimo dos metros</strong> entre todas las personas.El <strong>plan de comunicaciones</strong> debe desarrollarse de manera que garantice que todos los colaboradores tengan información actualizada y los protocolos de atención a casos de sospecha de <strong>COVID-19.</strong>Los <strong>protocolos</strong> disponen que todos los <strong>colaboradores</strong> deberán someterse a los controles tal como los compradores que visiten las <strong>salas de venta</strong>. En este sentido, los vendedores también deberán someterse a los chequeos rutinarios que incluyen, entre otros, la toma de <strong>temperatura al inicio y fin</strong> de la jornada laboral, así como los esporádicos que deben llevarse a cabo como <strong>medida de prevención</strong>.Es importante que los colaboradores sean capacitados en el <strong>autocuidado</strong> y en el reporte oportuno de <strong>síntomas o contactos con COVID-19</strong> para tomar las medidas de <strong>prevención y atención</strong> de posibles casos.El numeral 3.6.6.1.7 del <strong>protocolo de bioseguridad</strong> contenido en la Resolución 890 de 2020, expedida por el <strong>Ministerio de Salud y Protección Social</strong>, establece las medidas relacionadas con las jornadas de limpieza y desinfección al interior de las <strong>salas de ventas</strong>. Dichas jornadas deben hacerse al momento de la <strong>apertura, cierre</strong> y durante el día las <strong>veces que sea necesario</strong>.El aseo en los apartamentos o casas modelo también debe ser reforzado teniendo especial cuidado en <strong>manijas, chapas, barandas</strong>, entre otros.Sí. Es importante llevar registro de los visitantes a las <strong>salas de ventas</strong> y, así mismo, el registro de síntomas relacionados con <strong>COVID-19</strong> y número de contacto, de manera que, en caso de tener un caso confirmado, pueda realizarse un seguimiento a posibles contactos durante los <strong>14 días siguientes</strong> y tomar medidas pertinentes.El registro de estos datos deberá ser de conformidad con la <strong>Ley 1581 de 2012</strong> y bajo ninguna circunstancia podrán usarse para <strong>actividades de comercialización</strong>.El registro debe hacerse a todos los visitantes de la <strong>sala de ventas</strong>, independientemente de si son o no <strong>grupo familiar</strong> o habitan en el <strong>mismo domicilio</strong>.El <strong>protocolo de bioseguridad</strong> establece que la atención en <strong>sala de ventas</strong> y visita a apartamento o casa modelo debe hacerse solo por una persona. Se permitirá que esa persona haga una <strong>videollamada</strong> si lo considera para acompañar la visita. No obstante, se pueden programar citas de modo que los <strong>miembros de la familia</strong> que lo quieran visiten el proyecto siempre y cuando lo hagan <strong>individualmente</strong>.El tiempo de <strong>atención</strong> lo determinará el <strong>agendamiento</strong> de las citas que es potestad de cada proyecto y se hará de acuerdo con el <strong>aforo de la sala.</strong>