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Corte revive las corridas de toros

La decisión se da hasta nuevo aviso porque se emitirá una nueva sentencia al respecto.

Colombia

La Corte Constitucional tumbó la sentencia C-041 de 2017 con la que empezó a considerar la tauromaquia como maltrato animal y establecía un plazo de dos años para que el Congreso legislara al respecto. Si no se legislaba antes del 2019 esta práctica empezaba a ser considerada como delito.

La Sala Plena tumbó esta decisión por considerar que hubo desconocimiento de la jurisprudencia que se había venido planteando frente a este tema, al parecer el cambio de la misma no se hizo de manera adecuada, y por ello se emitirá una nueva sentencia que reemplace el pronunciamiento que hicieron en febrero del año pasado.

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Corte revive las corridas de toros

El mismo, tumbaba el artículo quinto de la Ley 1774 que excluía de como maltrato a las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, el coleo, las corralejas y las peleas de gallos.

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En consecuencia la posibilidad de que sean penalizadas las actividades asociadas a la tauromaquia ya no existe y podrá ejercerse sin problema en los lugares donde hay un arraigo cultural, como se planteaba antes de esta sentencia.

Por su parte, animalistas en el Congreso de la República aseguraron que insistirán en la prohibición de los espectáculos taurinos, y todos aquellos que representen maltrato animal en el país. 

Reacciones a decisión de la Corte frente a la Tauromaquia

Caracol Radio también consultó la opinión de empresarios de la industria taurina en el país, quienes exaltaron la decisión del ente judicial.  

Reacciones a la decisión de la corte frente a las corridas de toros