EPS deben autorizar que jóvenes con problemas de drogadicción sean internados en centros de salud mental
La Corte Constitucional aseguró que el estado tiene la obligación de incluir políticas de atención médica para tratar la drogadicción.

(Colprensa)

Un llamado de atención hizo la Corte Constitucional a las EPS por negarse a autorizar que jóvenes con problemas de drogadicción que sean diagnosticados como un peligro para convivir con su familia no sean internados en centros de salud mental.
“En suma, la adicción al consumo de sustancias psicoactivas es una enfermedad de tipo mental que coloca a quienes la presentan en una situación de debilidad psíquica, en razón a ello, el Estado debe proporcionarles una especial protección constitucional. Para tal efecto, debe garantizar el acceso a los servicios de salud que requiera para el manejo de la patología que presenta con el objeto de que se recuperen y puedan reincorporase a su entorno familiar en condiciones normales y sin que exista algún riesgo para el paciente o para sus parientes” indicó.
El pronunciamiento lo hizo la Corte al fallar una tutela a favor de un joven que fue diagnosticado con esquizofrenia dado al alto grado de adicción a las drogas que tenía por lo que el médico ordenó que se le internara en una unidad mental para su tratamiento pues su comportamiento era agresivo.
Indicó la corte que el estado tiene la obligación de incluir en el sistema de salud la atención médica para tratar efectivamente el problema de la drogadicción.
“La salud mental es un importante factor de riesgo para el desarrollo de dependencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Por lo tanto, el sistema integral de seguridad social en salud debe incluir la atención médica que se requiere para tratar efectivamente el problema de la farmacodependencia, ya sea a través de las empresas promotoras de salud de los regímenes contributivo y subsidiado o mediante instituciones públicas o privadas que tengan convenio con el Estado” preció la Corte.




