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Fallo judicial ordena suspender decreto que prohibe el parrillero hombre.

Fallo puede ser apelado ante el tribunal administrativo y por ahora la prohibición sigue vigente.

En decisión de primera instancia el Juez Cuarto Administrativo Oral de Medellín ordenó suspender el decreto que prohibe la circulación de motos con parrilleros hombres en esta capital, sin embargo el fallo puede ser apelado y mientrás se resuelve la apelación la restricción sigue vigente

 El fallo se profiere al resolver una demanda de nulidad simple presentada en el año 2013, frente al decreto que fue expedido inicialmente por dos meses y se ha prorrogado durante dos años

 El juez ordena la nulidad del decreto y sigue la misma línea que ha traído el Tribunal Administrativo de Antioquia frente al mismo problema jurídico, en una reciente sentencia que resolvió una demanda de nulidad contra el mismo decreto en el municipio de Sabaneta

 Considera el juez que, que independiente de las cífras, o una reducción en la criminalidad, la medida es inecesaria, no pertinente, desproporcionada e irracional, y que el municipio de Medellín nunca empleo otros mecanismos que no lesionarán derechos fundamentales

 El juez sustenta que, el decreto expedido de manera temporal ya lleva 26 meses, lo cual invade orbitas de competencia del Congreso de la República, pue si bien los alcaldes tienen la facultad de restringir derechos en determinadas circunstancias, estas medidas no pueden ser permanentes como estaba sucediendo en Medellín

 Además, dentro del proceso se probó que las cífras aportadas por la alcaldía para soportar el decreto, no guardaban relación con un informe de la Policía Metropolitana,  pues las cífras distan mucho

 Esta setencia de primera instancia puede ser apelada ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia, el cual ya falló recientemente y declaró la nulidad del decreto de restricción en Sabaneta, por lo que siendo el caso de Medellín el mismo problema jurídico, se espera un fallo similar de nulidad. 

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