Eiminan restricciones para atención de niños en sistema de salud
La atención será prioritaria, no se tendrán en cuenta restricciones como el POS, la EPS y los copagos.


La Superintendencia de Salud eliminó las barreras de acceso para la atención de los niños en el sistema, al igual que anunció sanciones para aquellas entidades que pongan en riesgo la vida de los menores limitando los servicios
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A través de la Circular 010 de 2013 se expidieron 13 instrucciones de obligatorio cumplimiento por parte de todas las entidades vigiladas sobre la prestación de los servicios de salud a los niños y niñas del país
Estas disposiciones fueron expedidas teniendo en cuenta los antecedentes constitucionales e internacionales que se han surtido con relación a estos y que buscan proteger y hacer prevalecer los derechos de los niños
A los niños no les aplicará el POSLa SuperSalud ordenó que “las entidades vigiladas deben inaplicar las disposiciones que restringen el POS, cuando la falta de suministro del servicio médico afecta los derechos a la salud, a la integridad física y a la vida de los niños”
Acceso a los servicios de salud sin ningún tipo de demoraSe les debe brindar servicios de salud de manera pronta y oportuna sin dilaciones injustificadas, de manera pronta e inmediata
“Por el simple hecho de ser un menor tiene derecho a recibir una atención adecuada de forma regular, integral y pronta en salud”, lo contrario, dilatando el servicio con trámites burocráticos y administrativos “atenta de manera directa contra sus derechos fundamentales”, señala la directriz
Los Copagos y otros cobros no podrán ser una barrera de acceso“Las cuotas recuperadoras o pagos moderadores, copagos o cuotas moderadoras, no pueden ser una barrera de acceso para la prestación del servicio médico en menores”, advirtió la SuperSalud
Señaló que las entidades vigiladas deben tener en cuenta que está constitucionalmente prohibido exigir pagos moderadores a los servicios que requiera alguno de los niños, “cuyos acudientes no cuentan con los recursos económicos para cubrir los gastos”
El recién nacido deberá tener el más alto nivel de salud y nutriciónLa SuperSalud ordena que las entidades vigiladas “deben otorgar una atención más calificada de la que generalmente se prestan a otros niños y niñas”
De esta manera los recién nacidos “deben tener el más alto nivel posible de salud y nutrición”, además tienen derecho a ser integrados de manera inmediata al sistemade salud sin que se establezcan barreras administrativas que impidan su atención
Deberán recibir atención especializadaLos centros de salud y otras entidades del sistema deben tener en cuenta que “la atención médica que se les preste debe lograr una relación cercana que les permita sentirse cómodos y tranquilos con el tratamiento que se les esté practicando”
Salud gratuita e integral para el menor víctima de violencia física, psicológica y/o sexualLas entidades de salud “deben otorgar una atención de carácter gratuito e integral a los niños y niñas víctimas de maltrato físico, psicológico y/o sexual
Por lo anterior se deberá dar atención inmediata de urgencias, así como dar aviso inmediato a las autoridades competentes
Además en los casos de violencia sexual, se deberá dar cumplimiento integral al Protocolo y Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual vigente, y proporcionar todos los servicios de atención médica, psicológica y/o psiquiátrica que se requieran, “hasta que se certifique médicamente su recuperación”
Indicaciones adicionales para la atención de los menoresAdemás se indica que el concepto del médico tratante no adscrito a la EPS resulta vinculante, de manera que las entidades vigiladas deben aceptar como válido el dictamen del médico no adscrito a la empresa promotora de salud
Deberán garantizar también el tratamiento Integral a los niños que lo requieran, en lo posible en las mismas instituciones y con los mismos profesionales, a menos que haya alguna alteración en el diagnóstico que implique un cambio en el tratamiento
Las entidades no podrán negar la aplicación de vacunas a niños y niñas “cumpliéndose los requisitos para acceder al servicio médico o tratamiento no contemplado en el POS”
SancionesLa SuperSalud advirtió que la inobservancia e incumplimiento de las instrucciones impartidas en la circular, “o alguna otra que haya determinado autoridad pública, acarrearán la imposición de sanciones previstas en la Ley 1438 de 2011, tanto a título personal como institucional”




