Corte Suprema advierte vacíos jurídicos en temas de inseminación artificial
El pronunciamiento de la Corte se da luego de que un hombre, después de divorciarse, se negara a aceptar la paternidad de un hijo engendrado por inseminación artificial.


La Corte Suprema de Justicia fijó jurisprudencia frente a la adjudicación de paternidad en casos de inseminación artificial. El alto tribunal advirtió que la identidad del donante debe permanecer en secreto, pero que, sin embargo, hay un vacío jurídico en el tema
La decisión se tomó en un caso en el que una pareja de militares contrajeron matrimonio y luego de un tiempo deciden tener un hijo. Luego de varios años de no poder concebir, la pareja se sometió a un tratamiento médico, que concluyó que el hombre tenía deficiencias en la producción de espermatozoides. Bajo esta situación la pareja se somete al tratamiento, pero la relación se deteriora y deciden divorciarse
Luego de un tiempo, el hombre es informado que su exesposa está embarazada, por lo que tiene que hacerse cargo del bebé, pero el militar entabla acciones judiciales pues se negó a aceptar su paternidad, alegando no ser el padre del menor
La mujer se había sometido a inseminación artificial, situación que originó que la defensa del hombre solicitara la identidad del donante
La Corte concluyó que la identidad del donante debe ser protegida y que los pacientes no deben tener acceso al nombre de quien dona espermatozoides
Sin embargo, el alto tribunal advierte que bajo este caso específico hay un vacío jurídico cuando se trata de parejas que ya no conviven.




