Radio en vivo

Economía

Distrito adoptó restricción de vehículos de carga para mejorar la movilidad en Bogotá

Flechas, explicó que la primera modificación del decreto para vehículos de carga es temporal, y se implementará desde el próximo 17 de diciembre hasta el 15 de enero del 2013.

La Administración Distrital adoptó medidas a la restricción de vehículos de carga para mejorar la movilidad en la ciudad, por medio de un decreto que modifica los horarios de circulación y de cargue y descargue

La secretaria de movilidad, Ana Luisa Flechas, explicó que la primera modificación del decreto para vehículos de carga es temporal, y se implementará desde el próximo 17 de diciembre hasta el 15 de enero del año entrante

“La primera modifica temporalmente los horarios de circulación de los vehículos de carga cuya capacidad supere las siete toneladas, la medida será entre las 6 de la mañana y las 7:30 de la noche”

El decreto prohíbe el cargue y descargue de mercancías de lunes a viernes entre las 6 hasta las 8:30 de la mañana y entre las 3 hasta las 7:30 de la noche, y los días sábados entre las 11 de la mañana hasta las 4 de la tarde

Finalmente, los vehículos de carga que transportan combustibles o sustancias peligrosas, únicamente podrán circular entre