Las "mulas" del narcotráfico no pueden ser extraditadas, advierte la Corte Suprema
Los colombianos que actúan como "jíbaros" o "correos internos" de los narcotraficantes en el futuro no pueden ser extraditados a países que los requieran, no obstante se reúnen los presupuestos establecidos en el Código de Procedimiento Penal, porque más importante es la Constitución Nacional que advierte que los nacionales que no han delinquido directamente o a través de organizaciones, no pueden ser remitidos a justicias extranjeras.
Por Felipe Gómez MaldonadoBOGOTA.--- Los colombianos que actúan como "jíbaros" o "correos internos" de los narcotraficantes en el futuro no pueden ser extraditados a países que los requieran, no obstante se reúnen los presupuestos establecidos en el Código de Procedimiento Penal, porque más importante es la Constitución Nacional que advierte que los nacionales que no han delinquido directamente o a través de organizaciones, no pueden ser remitidos a justicias extranjeras.Así se desprende del análisis de abogados expertos al fallo de la sala penal de la alta corte a través del cual se negó la extradición de Jorge Alfonso Ayala Varón, chofer de los esposos Hiett, ex funcionarios de la Embajada de Estados Unidos que traficaban estupefacientes a través de la valija diplomática.Se observó además que la corte coincidió con la Procuraduría General en el sentido de que el sólo acuerdo para la adquisición, ofrecimiento o venta en el territorio nacional de sustancias reguladas, así el destino fuera su exportación a los Estados Unidos, no es motivo de extradición. Además Ayala Varón no hace parte de una organización para delinquir.La Procuraduría, e incluso la propia fiscalía según se desprende de comentarios hechos por el ministerio público dentro de su concepto, ponen en duda que el afectado conociera del contenido de los paquetes .-




