Lista "macro-reforma" tributaria
Más de 350 articulos, 111 paragrafos, fusión, eliminación, creación o incrementos sustanciales de varios impuestos y compilación de normas, contempla la "macro-reforma tributaria" para departamentos y municipios que el gobierno pondrá a consideración del Congreso de la Republica.
BOGOTA.---- Más de 350 artículos, 111 parágrafos, fusión, eliminación, creación o incrementos sustanciales de varios impuestos y compilación de normas, contempla la "macro-reforma tributaria" para departamentos y municipios que el gobierno pondrá a consideración del Congreso de la República.La iniciativa, que mas se asemeja a un Código Tributario Territorial prevé, en su versión preliminar elaborada por el Ministerio de Hacienda, la adopción de las siguientes medidas:La fusión del impuesto predial unificado con la sobretasa ambiental. Las tarifas que hoy tienen un mínimo del uno por mil y un máximo del 16 por mil pasarían al tres por mil y al 18 por mil, respectivamente, según la determinación que adopten los concejos municipales o distritales.Los llamados "lotes de engorde" serán castigados con un tributo del 40 por 1000. La tarifa actual, para esos mismos predios, esta en el 30 por mil. A la pequeña propiedad rural se le aplicara la tarifa mínima.Las empresas prestadoras del servicio eléctrico podrán cobrar una tasa por el alumbrado publico en todos los municipios del país. El cobro, que seria optativo y efectivo con la facturación mensual, deberá sujetarse a las tarifas que para ese propósito fije la CREG.El impuesto a los cigarrillos subirá del 81 al 86 por ciento así: el tributo al consumo será del 55 por ciento; el impuesto destinado al deporte subiría del 10 al 15 por ciento y el IVA se quedaría en el 16 por ciento.El gravamen a los espectáculos públicos, como el cine, teatro, conciertos, corridas de toros, fútbol, hípica, exposiciones y exhibiciones artísticas y culturales, atracciones mecánicas, automovilisticas, corralejas y diversiones en general, subira del diez al 20 por ciento.La tarifa al consumo de cervezas y sifones sera del 48 por ciento, incluyendo ocho puntos del IVA destinado a la atencion del segundo y tercer nivel en salud. La tariga al consumo de mezclas y refajos semantiene en el 20 por ciento. Tambien se modifica la metodologia para el cobro de los impuestos a otros licores como los aperitivos incrementadose la tarifa segun el contenido de alcohol.El impuesto de registro para los contratos o negocios juridicos con cuantia ira entre el 0.5 y el uno por ciento. El gravamen para los vehiculos atutomotores de hasta 20 millones de pesos sera del 1.5 por ciento; del 2.5 para los de hasta 45 millones y del 3.5 por cientom para los de valor superior.Se fusionan los tributos de industria, comercio y avisos y tableros por el impuesto de industria, comercio y avisos y se sustituyen los de deguello de ganado menor y mayor por el denominado " sacrificio de ganado" que tendra una tarifa del tres por mil.Exceptuando la vivienda de interes social, toda construcion o remodelacion urbana, modificacion o demolicion, pagara un impuesto que fijaran los concejos municipales o distritales entre el 1.5 y el 2.6 por ciento. El proyecto reglamenta y precisa los alcances de la contribucion por valorizacion y la plusvalia cuya tarifa oscilara, segun determinacion de los concejos entre un 20 y un 35 por ciento del mayor valor por metro cuadrado.El borrador del proyecto propone incrementar sustancialmente las sanciones tributarias territoriales fijando como minima diez salarios basicos diarios, casi 90 mil pesos, precisa el regimen de retenciones tributarias de caracter departamental y municipal y establece fuertes castisgos para los contribuyentes que incurran en la insolvencia.




