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Según la Supersociedades, en 2017 hubo un aumento en los pleitos empresariales

Conflictos entre socios, incumplimiento de los deberes de los administradores y acciones contra juntas directivas figuran entre los procesos más frecuentes.

Según la Supersociedades, en 2017 hubo un aumento en los pleitos empresariales. Foto:(Thot)

Según la Supersociedades, en 2017 hubo un aumento en los pleitos empresariales. Foto:

El más reciente informe de la Superintendencia de Sociedades reveló que durante todo el 2017 se tramitó un total de 438 pleitos y disputas empresariales, la cifra más alta de los últimos 5 años según la Delegatoria para Procedimientos Mercantiles.

El informe también expuso que durante el año pasado, el ente de control y vigilancia profirió más de 3.400 providencias judiciales, que incluyen sentencias y autos, dentro de los pleitos societarios.

Ante el escenario, el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, destacó el aumento significativo en el número de demandas y litigios entre empresarios que llegan a la entidad, para ser dirimidos por la justicia societaria ya que mientras en 2013 la cifra fue de 15 procesos en promedio al mes, durante el 2017 el promedio aumentó a 37 casos mensuales.

En el marco de la conmemoración de los 10 años de existencia del modelo de sociedades por acciones simplificadas, conocido como S.A.S, Reyes Villamizar destacó la eficacia y prontitud del sistema de la justicia societaria que opera en la Superintendencia de Sociedades.

Esta jurisdicción no solamente resuelve pleitos relacionados con la ineficacia de las decisiones de asambleas de accionistas y juntas directivas, también dirime conflictos que se dan entre accionistas, problemas relacionados con disolución y liquidación de compañías, situaciones de abuso del derecho, problemas con administradores, entre otra gran cantidad de materias que han ampliado el espectro jurisdiccional.  

Finalmente y con motivo del décimo aniversario de las S.A.S, Reyes recordó que los empresarios no pueden refugiarse en sociedades para evadir el cumplimiento de las normas y sostuvo que quien utilice las sociedades en fraude o en perjuicio de terceros responde solidariamente por las obligaciones originadas en tales actos.

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