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Corte convoca a autoridades para que respondan por niños Wayuu

La Corte establece un plazo de dos meses para que las autoridades nacionales y locales, establezcan un plan provisional de acción

Imagen de referencia. Comunidades wayuu en La Guajira / Cortesía

La Corte Constitucional ha convocado a las autoridades nacionales y de La Guajira, para el seguimiento a las medidas cautelares ordenadas por la sentencia T302 y que después de cinco años aún no se da cumplimiento para atención a los niños wayuu. 

En un oficio, la Corte Constitucional convoca a las autoridades nacionales, al Instituto de Bienestar Familiar, autoridades departamentales de La Guajira, así como el acompañamiento de la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría para una sesión técnica de seguimiento de la sentencia, que estableció hace cinco años, medidas cautelares para garantizar la vida, alimentación, salud y acceso al agua a los niños de La Guajira.

La Corte recientemente señaló en el auto 692 que “Las medidas implementadas son, en su mayoría, asistencialistas y tienen una cobertura limitada, con lo cual no es posible cumplir los objetivos propuestos por la Corte en materia de seguridad alimentaria”.

La Corte establece un plazo de dos meses para que las autoridades nacionales y locales, establezcan un plan provisional de acción que garantice la vida y la integridad de los niños de los cinco municipios de mayor riesgo en La Guajira.

Ruth Fucai, de la veeduría de seguimiento a la sentencia de la Corte, dice que se evidencia la falta de cumplimiento durante este gobierno.

El documento de la Corte cita que, según el Ministerio de Salud, entre los años 2013 y 2020 se han confirmado 325 casos de mortalidad por y asociada a desnutrición en la Guajira.

El Tribunal ha convocado para el próximo 2 de agosto a las autoridades nacionales, regionales y locales, así como a voceros de las comunidades para el seguimiento a la difícil situación de los niños wayuu.

Visita de la Corte a La Guajira

De acuerdo con la Corte, luego de que la Corte se trasladara a verificar las condiciones de las comunidades, se evidenció problemas con el consumo de agua y la alimentación.

"Al acercarse al pozo del que se surte de agua la comunidad (Guarralakatshi), que fue diseñado por ellos mismos, se puso de presente que el líquido que sale de allí es salobre. Esto fue verificado por el magistrado comisionado quien procedió a probarla constatando su grado de salinidad", dice la Corte Constitucional.

La situación de vulnerabilidad también se evidenció en otra de las comunidades.

"Al trasladarse a la comunidad de Medialuna la Corte fue informada de que en el 2015 el Departamento de Prosperidad Social construyó un pozo y que este se inauguró en octubre del 2016. Sin embargo, este solamente funcionó un año y solo para extraer agua no apta para el consumo humano".