La personera de Bogotá, Carmen Teresa Castañeda Villamizar, reveló que <strong>la Secretaría de Movilidad no puede operar y sancionar a los capitalinos con 58 cámaras salvavidas</strong> de las 69 que conforman el programa.Castañeda Villamiza agregó que, <strong>sólo 11 cámaras salvavidas tienen autorización del Ministerio de Transporte para la operación e imposición de comparendos electrónicos</strong>. Los dispositivos s<strong>e encuentran ubicados en 6 puntos de la ciudad</strong>: Carrera 7ª con Calle 94, Av. Primera de Mayo con Boyacá, Av. Boyacá con Américas, Calle 139 con Transversal 136, Carrera 68 con Américas y Carrera 33 con Calle 41 sur.La personera le recordó a Movilidad que la <strong>Resolución 718 de 2018</strong> del Ministerio de Transporte, establece<strong> el procedimiento para la instalación y operación de este tipo de equipos. </strong>De acuerdo con la información proporcionada por la propia Secretaría, <strong>la entidad apenas se encuentra realizando el trámite de solicitud de autorización,</strong> <strong>aunque el permiso al Ministerio debe ser previo</strong>, es decir, <strong>antes de instalar y operar las cámaras</strong> para la imposición de comparendos electrónicos, y no con posterioridad como hizo la entidad.Pese a la advertencia realizada desde hace más de seis meses por la personería a la Secretaría de Movilidad y reiterada en octubre pasado, <strong>el Distrito instaló y pretende operar éstas cámaras salvavidas sin permiso del Gobierno Nacional.</strong>Acorde con lo advertido también por la Personería,<strong> el Tribunal Administrativo de Cundinamarca,</strong> en varios fallos de tutela,<strong> ha venido revocando resoluciones de suspensión de licencias de conducción por fallas en el debido proceso,</strong> es decir, por <strong>no realizar el procedimiento administrativo establecido antes de imponer la sanción.</strong>El Ministerio Público Distrital encontró que <strong>la Secretaría está realizando procesos de suspensión de licencias a través de actos administrativos emitidos de forma masiva</strong>. Se estima que <strong>el 59% de unos 37.000 actos de suspensión no fueron notificados de manera personal</strong>, además de que en ellos <strong>no se adelantó procedimiento sancionatorio alguno, previo a la expedición de las resoluciones.</strong>Ante la situación la <strong>Personería exhortó a la Secretaría de Movilidad a brindar información a la ciudadanía</strong> acerca del trámite que debe adelantar con ocasión de estas decisiones judiciales, que <strong>cambian la forma como la entidad ha venido adelantando este proceso,</strong> teniendo en cuenta que<strong> se conoció que la Secretaría estudia revocar las sanciones que no habrían sido notificadas en debida forma.</strong>Mientras tanto,<strong> la Personería brindará orientación a los capitalinos afectados con estas suspensiones,</strong> ya que, preocupa que con estas situaciones, <strong>se está generando un riesgo a la seguridad jurídica</strong>, al no contar con un medio de notificación eficaz, canales de información suficientes y la omisión de la retención física del documento, exponiendo a las personas a incurrir.