Juez de Cartagena ordenó suspender oración inicial en colegios e instituciones oficiales
Se considera que tal acto es una extralimitación de funciones de los entes territoriales

(Alcaldía de Cartagena)

Cartagena de Indias
La determinación suspendió provisionalmente, en las instituciones educativas y entidades públicas, la práctica de la oración. Considera el juez que “la oración, no puede ser un asunto de Estado, pues ello implicaría, una extralimitación en el ejercicio de sus funciones ya que interfiere con las creencias individuales, íntimas y particulares de las personas”.
La decisión argumenta que hay mayor gravedad si se pretende imponer esta práctica en los colegios, porque afecta el desarrollo de los menores de edad.
Además la orden del juez también suprime “darse un abrazo fraterno al inicio de las actividades” en el Concejo, empresas públicas, instituciones educativas, comandos y estaciones de Policía, batallones militares y asambleas.
La deteminación fue adoptada por el juez décimo primero administrativo oral de Cartagena, Alejandro Bonilla Aldana. La demanda fue interpuesta por Miguel Ángel Garcés contra el Distrito, quien retomó el caso, luego de que el año pasado se hundiera en el Concejo por mayoría, una iniciativa apoyada por 7 concejales que pretendían anular la oración del inicio de sus sesiones.
Sin embargo, ante el despacho del juez, fue presentada, una acción de nulidad.




