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Superfinanciera pone millonaria multa a Chevrolet por cobrar la tasa máxima de interés

Tras la sanción por $ 120 millones, la compañía aseguró que corrigió los procesos involucrados y compensó a los clientes afectados.

La Superintendencia Financiera de Colombia sancionó a GM Financial Colombia S.A. Compañía de Financiamiento bajo la marca Chevrolet, con una multa de 120 millones de pesos por incumplimientos relacionados con la aplicación de tasas de interés en determinadas operaciones de crédito otorgadas entre octubre de 2023 y noviembre de 2024.

La decisión quedó notificada en la Resolución 0923 de 2026, expedida el pasado 19 de junio, y fue dada a conocer por la Superfinanciera por medio de un comunicado de la compañía donde informó que les fue llegada la notificación.

¿Cuál fue la razón de la multa?

Según explicó la entidad financiera, la sanción se originó tras una revisión en la que la Superintendencia encontró irregularidades en la forma en que fueron aplicadas las tasas de interés en algunos créditos desembolsados de los dos años.

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De acuerdo con el documento, estas operaciones no cumplieron plenamente con las disposiciones establecidas en la normatividad que regula las condiciones bajo las cuales las entidades pueden cobrar intereses a sus clientes.

Sin embargo, GM Financial precisó que la resolución todavía no está en firme, lo que significa que el proceso no ha concluido y que aún existen etapas administrativas y legales que podrían modificar o confirmar la decisión adoptada por la Superintendencia.

La empresa asegura que tomó medidas antes de la sanción

En su comunicación oficial, la compañía señaló que actuó de manera anticipada para corregir la situación identificada por el organismo de control.

Según informó, una vez detectó los inconvenientes realizó ajustes en los procedimientos internos relacionados con la originación de créditos, fortaleció los mecanismos de supervisión y puso en marcha nuevos controles para evitar que hechos similares vuelvan a ocurrir.

Además, aseguró haber efectuado los reintegros correspondientes a los clientes que pudieron verse afectados por estas operaciones.

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Dichos pagos incluyeron las compensaciones establecidas en la Ley 45 de 1990, norma que contempla sanciones y medidas de protección para los usuarios del sistema financiero cuando se presentan cobros que no se ajustan a la regulación vigente.

Cabe recordar que las tasas de interés son uno de los aspectos más sensibles para quienes solicitan créditos y la regulación colombiana establece límites, que generalmente equivalen a 1.5 veces el interés bancario corriente. Si las compañías superan ese límite, se consideran un delito.