Política

Gobierno reglamenta impuesto de US$1 para quienes salgan de Colombia por vía aérea

El Decreto 0625 de 2026 establece el cobro a nacionales y extranjeros que viajen al exterior. Los recursos serán administrados por el ICBF para financiar programas contra la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.

Pasaporte de viaje en Europa. Foto: Getty Images. / Tetra Images

El Gobierno Nacional reglamentó el impuesto de salida del país por vía aérea mediante el Decreto 0625 de 2026, una medida que establece el cobro de un dólar estadounidense (US$1) a nacionales y extranjeros, residentes o no en Colombia, que viajen al exterior en avión.

La norma, expedida por el Ministerio de Igualdad y Equidad y firmada además por los ministerios de Hacienda y Transporte, desarrolla lo establecido en el artículo 23 de la Ley 679 de 2001, modificado por la Ley 2010 de 2019, y fija las reglas para el recaudo y destinación de este tributo.

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De acuerdo con el decreto, el impuesto “será correspondiente a un (1) dólar de los Estados Unidos de América o su equivalente en pesos colombianos, conforme a la tasa representativa del mercado (TRM) vigente el día de la compra” y se causará al momento de adquirir el tiquete aéreo.

La normativa precisa que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) será la entidad encargada de administrar el recaudo a través del Fondo contra la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes.

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Asimismo, señala que “los recursos provenientes del recaudo y fiscalización del impuesto de salida del país por vía aérea (...) deben ser destinados a la financiación del Fondo contra la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes”, con el propósito de fortalecer los planes y programas de prevención y lucha contra la explotación sexual y la pornografía infantil.

Por su parte, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) tendrá a cargo las funciones de fiscalización, liquidación, cobro y sanción relacionadas con el impuesto.

El decreto establece que la medida entrará en vigor 90 días calendario después de su publicación en el Diario Oficial, plazo durante el cual las entidades públicas y privadas deberán ajustar sus sistemas y mecanismos para garantizar el recaudo efectivo del tributo.

Según el Gobierno, el impuesto busca asegurar una fuente de financiación para las estrategias de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, así como para las acciones dirigidas a combatir la explotación sexual comercial y la pornografía infantil en el país.