¿Quién paga los arreglos de una casa arrendada? Ley de propiedad horizontal explica diferencias
El Código Civil colombiano señala que existen tres arreglos o reparaciones que pueden tener los inmuebles y dependiendo del caso serán pagados por el arrendador o inquilino.
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Las personas que adquieren en arriendo un inmueble en Colombia tienen ciertos derechos, que emanan de la relación constituida en el momento de firmar un contrato y realizar el pago de un canon mensual.
Estas garantías que debe recibir el arrendatario están relacionadas con el pleno disfrute del espacio por el cual se está pagando, en condiciones adecuadas de seguridad, limpieza y funcionamiento estructural.
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¿Quién debe pagar los arreglos de una casa arrendada?
El Código Civil colombiano señala que existen tres arreglos o reparaciones que pueden tener los inmuebles y dependiendo del caso serán pagados por el arrendador o inquilino.
Tipos de arreglos que puede tener un inmueble
1. Reparaciones indispensables o necesarias: se refiere a aquellas que sí o sí necesita el inmueble para que “siga siendo usado y se mantenga en buenas condiciones”, es decir, los cambios en las tuberías, mantenimiento general de la propiedad, filtraciones, entre otras. Por lo tanto, estas deben ser arregladas por el arrendador y, en caso de que el arrendatario realice las reparaciones, podrá exigir un reembolso del dinero.
2. Reparaciones locativas: estos arreglos “se deben realizar para mantener el inmueble arrendado en el mismo estado en el que se recibió”; de esta manera, las reparaciones serán por cuenta del arrendatario porque son ocasionados por el uso de la vivienda.
3. Reparaciones útiles: por lo general, estas son hechas por los arrendatarios que tratan de incrementar “el valor del inmueble, por ejemplo, colocar puertas de madera costosa”. Se debe tener en cuenta que, el arrendador no está en la obligación de reembolsar el dinero utilizado y cuando finalice el contrato, el inquilino podrá “separar y llevarse del inmueble los materiales que haya utilizado” sin generar daños a la propiedad.
Cabe destacar que, aunque la ley tiene precisiones específicas en este campo, asimismo brinda la oportunidad para que las partes firmantes del contrato puedan modificar responsabilidades relacionadas, por ejemplo, con el buen estado del inmueble, por lo cual, recomienda el blog legal Gerencie, siempre revisar individualmente cada contrato de arrendamiento para tener claridad con la estipulación de responsabilidades.
Permisos
No obstante, es de destacar que el arrendador, teniendo en cuenta la obligación de librar al arrendatario de toda perturbación, no podrá, sin el consentimiento del arrendatario, hacer obras o trabajos algunos que puedan causar molestias o que no permitan el adecuado disfrute de la casa o apartamento.
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Reembolso
De acuerdo con el MinJusticia, “el arrendador es obligado a reembolsar al arrendatario el costo de las reparaciones indispensables no locativas que el arrendatario haga, lo anterior, siempre que el arrendatario no las haya hecho necesarias por su culpa, y que haya dado noticia al arrendador lo más pronto, para que las hiciera por su cuenta. En este sentido, el arrendatario podrá descontar el costo de las reparaciones del valor de la renta, estos descuentos en ningún caso podrán exceder el treinta por ciento (30%) del valor de la misma y si el costo total de las reparaciones excede dicho porcentaje, el arrendatario podrá efectuar descuentos periódicos hasta el treinta por ciento (30%) del valor de la renta, para completar el costo total en que haya incurrido por dichas reparaciones”.
Laura Rojas
Periodista y comunicadora social de la Universidad...Periodista y comunicadora social de la Universidad Sergio Arboleda. Experiencia en periodismo digital y televisión. Amor por la radio, la tecnología y el turismo.