Podría haber cancelación de licencia a propietarios de embarcación por muerte de joven en Guatapé
Tras muerte de Alexander Avendaño, el Ministerio de Transporte investiga si hubo violaciones a normas de seguridad fluvial.
El segundo departamento con mayor costa sobre el mar caribe, después de Guajira. Foto de Getty Images / Filippo Manaresi
Guatapé, Antioquia
Se pronunció el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte, sobre los hechos ocurridos en el embalse El Peñol, Guatapé en el que murió Alexander Avendaño. Según la entidad nacional podrían imponer sanciones administrativas a los responsables de la embarcación, si se confirman incumplimientos a las normas de seguridad fluvial.
De acuerdo con los reportes preliminares de las autoridades, se investigan posibles violaciones al uso obligatorio del chaleco salvavidas, que tal como quedó registrado en los videos compartidos en redes sociales, se puede observar que las personas allí no lo portaban.
Mintransporte, indicó que estas infracciones, de comprobarse, pueden generar multas, suspensiones o incluso cancelación de la habilitación para operar.
Aclaran que, aunque la embarcación involucrada contaba con la documentación al día, esto no exime a los operadores de su deber de garantizar las correctas condiciones de seguridad en cada salida.
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“La seguridad no puede entenderse únicamente como el cumplimiento de requisitos documentales. Cada operador tiene la obligación permanente de garantizar la protección efectiva de los pasajeros durante toda la navegación. Cuando está en juego la vida de las personas, no hay espacio para excepciones”, afirmó la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas.
En caso de confirmarse las irregularidades, la Superintendencia de Transporte, como entidad encargada de la vigilancia y control, aplicaría las sanciones previstas en el régimen de transporte fluvial. El Ministerio ha anunciado que seguirá acompañando las investigaciones y promoviendo mayores controles para fortalecer la seguridad en la navegación por el embalse El Peñol y otras zonas del país.
¿Qué dice la ley?
La Ley 1242 de 2008, que regula el transporte fluvial turístico, recreativo y deportivo, establece obligaciones claras:
Las embarcaciones deben contar con equipos de salvamento adecuados. Es obligatorio el uso permanente del chaleco salvavidas por parte de todos los pasajeros y tripulantes desde el momento del embarque hasta el final del recorrido y se prohíbe terminantemente embarcar personas en estado de embriaguez o consumir alcohol y sustancias alucinógenas durante la navegación.
Por ahora, las autoridades continúan investigando para determinar si hubo fallas en el uso de elementos de protección o en las condiciones operativas al momento del accidente.