SIC multa a empresa de energía DISPAC con $2.850 millones por irregularidades en contratación
La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a la empresa de energía por imponer restricciones que afectaron la libre competencia en 23 procesos de contratación.


La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), sancionó a la Empresa Distribuidora del Pacífico (DISPAC), por imponer restricciones que afectaron la libre competencia en 23 procesos de contratación realizados entre el año 2021 y 2023.
La multa asciende a más de $2.800 millones de pesos y se relaciona con prácticas y barreras que limitaron la participación de empresas interesadas en competir por contratos de la entidad.
La decisión fue anunciada este 14 de mayo por la autoridad nacional de competencia, luego de concluir que DISPAC estableció condiciones que dificultaron la participación de varios oferentes y redujeron la posibilidad de recibir más propuestas en igualdad de condiciones.
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¿Cuáles fueron los actos sancionados?
Uno de los principales hallazgos de la investigación tiene que ver con el cobro de dinero para participar en las convocatorias. Según la SIC, DISPAC exigía a las empresas interesadas pagar una tarifa como “derecho de participación”, cuyo valor dependía del presupuesto de cada contrato. Es decir, entre más costoso era el proceso de contratación, mayor era el pago que debían hacer las compañías solo para poder presentar una oferta.
Para la Superintendencia, esta condición terminó convirtiéndose en una barrera económica que desmotivó la participación de posibles contratistas, especialmente de empresas pequeñas o medianas que no contaban con recursos suficientes para asumir ese costo adicional.
Otro de los puntos cuestionados por la SIC fue la restricción al número de empresas que podían unirse para participar en los procesos contractuales. La investigación encontró que DISPAC limitó la conformación de las llamadas “estructuras plurales”, una figura utilizada cuando varias compañías se asocian temporalmente para presentar una propuesta conjunta.
Este mecanismo es común en contratos de gran tamaño o complejidad, porque permite que distintas empresas combinen experiencia, personal, capacidad técnica y recursos financieros para cumplir con los requisitos exigidos. Sin embargo, al limitar la cantidad de integrantes permitidos, la empresa redujo las posibilidades de participación y competencia.
Según la Superintendencia, esa decisión no solo afectó a las compañías interesadas en competir, sino también a la propia entidad contratante, ya que al recibir menos propuestas disminuyen las opciones para escoger mejores precios, mayor calidad o condiciones más favorables para los proyectos.
¿DISPAC corrigió el error?
Durante el proceso de investigación, DISPAC realizó algunos cambios que fueron tenidos en cuenta por la SIC al momento de imponer la sanción. La empresa eliminó la Directiva de Gerencia No. 005 de 2024, que autorizaba el cobro por participar en los procesos de selección y dejó expresamente prohibido exigir pagos de este tipo en futuras contrataciones.
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A pesar de ello, la Superintendencia valoró esa modificación como una medida correctiva, consideró que las conductas ya habían afectado la libre competencia y, por esa razón, mantuvo la sanción económica.
Con la medida interpuesta, la entidad concluyó que seguirá “desplegando su acción en sectores estratégicos para el desarrollo económico del país y bienestar de la población, protegiendo los recursos públicos”.




