Tribunal Administrativo de Boyacá confirma condena contra Busbanzá por caso de feminicidio
Por otro lado, el Tribunal ordena al municipio adoptar ruta de atención integral para mujeres víctimas de violencia
William Tirán asesinó a su ex pareja María Edilma Adame, en el edificio de la alcaldía en 2021, porque habían sido citados a conciliación. Foto | Boyacá Sie7e Días
Busbanzá
El Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó la sentencia que profirió el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Sogamoso, Boyacá, en la que declaró administrativa y patrimonialmente responsable a la Secretaría de Gobierno del municipio de Busbanzá, Boyacá, por una falla del servicio que terminó en un caso de feminicidio.
La Corporación señaló que quedó demostrado que el municipio de Busbanzá incumplió el deber reforzado de debida diligencia toda vez que, en hechos ocurridos el 2 de noviembre de 2021, una mujer, que había denunciado ser víctima de violencia por parte de su expareja, fue asesinada con arma blanca durante una audiencia de conciliación que se estaba realizando en las instalaciones de la Secretaría de Gobierno con funciones de Inspección de Policía.
El Tribunal señaló que las “actuaciones de las entidades demandadas resultaron ineficientes, tardías, insuficientes y/o deficitarias porque, a pesar de los antecedentes circunstanciales del agresor, no se realizó una requisa y tampoco se contó con el acompañamiento de la fuerza pública, lo cual favoreció el ingreso del arma homicida y el ataque que le quitó la vida a la víctima”.
Igualmente, consideró que se debía salvaguardar el derecho fundamental de la señora “a una vida libre de violencia de cara a las amenazas de feminicidio que recibió de su expareja”, puesto que la víctima sí puso en conocimiento de las autoridades, específicamente de la Secretaría de Gobierno con funciones de Inspección de Policía, las amenazas de muerte que había recibido en tres oportunidades.
Afirmó la Corporación que el hecho de que el agresor no ejecutara actos de violencia física antes, o de que el municipio históricamente no presentara casos de feminicidio, no eran aspectos que pudieran restar importancia al riesgo, pues una visión como esa llevaría a entender que las amenazas solo pueden considerarse serias si el agresor ya ha avanzado a escenarios más graves.
“Dicho de otra forma, no puede exigírsele a una mujer que las amenazas que denuncie mínimo vayan acompañadas de agresiones físicas previas a efectos de emprender medidas para su protección, toda vez que esto desdibujaría la dimensión positiva del derecho a una vida libre de violencia, que para el Estado se traduce en un deber de evitación (posición de garante), no solo de sanción y reparación” precisa la sentencia.
La Corporación ordenó a la Secretaría de Gobierno del municipio de Busbanzá adoptar e implementar un protocolo de valoración de riesgo y una ruta de atención integral para las mujeres víctimas de violencia por razón de género, la cual deberá socializar y divulgar internamente con los servidores de la entidad.
Además, advirtió que, en los casos que involucren violencia por razón de género contra la mujer y que sean de conocimiento de la Secretaría de Gobierno, se deberá implementar el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones para la realización de las audiencias y demás diligencias que sean obligatorias en las que deban concurrir conjuntamente la víctima y el presunto agresor. No obstante, en caso, de que las audiencias o diligencias sean físicas, estas no podrán llevarse a cabo sin la presencia de personal de la Policía Nacional.