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Consejo de Estado tumba personería jurídica de Dignidad Liberal, partido de Rodrigo Lara

Los hechos de violencia mediante los cuales el CNE acreditó esta personería jurídica no cumplían con los requisitos trazados por la Corte Constitucional.

Presidente de Cambio Radical, Rodrigo Lara.

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Caracol Radio conoció en primicia que la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la resolución mediante la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) había reconocido la personería jurídica al movimiento político Dignidad Liberal, del exsenador Rodrigo Lara.

Luego de analizar los argumentos de los abogados Samuel Ortiz Mancipe y Manuela Arredondo, la alta corporación concluyó que el CNE incurrió en falsa motivación y desconoció el precedente fijado en la Sentencia SU-257 de 2021 de la Corte Constitucional, que definió los parámetros para otorgar personerías jurídicas a partidos y movimientos afectados por hechos de violencia política.

No se demostraron escenarios de violencia grave o extraordinaria que hubiesen impedido la participación y el ejercicio en forma libre de los derechos y las garantías fundamentales del movimiento político Dignidad Liberal”, se lee en la sentencia.

Los argumentos del Consejo de Estado

Según el fallo del magistrado Luis Alberto Álvarez, presidente de la Corporación, el CNE fundamentó su decisión en el magnicidio del entonces ministro, Rodrigo Lara Bonilla, ocurrido en 1984.

No obstante, la Corte Constitucional había determinado que los hechos de violencia relevantes para estos casos deben haber ocurrido a partir de 1988, año en el que se consolidó la apertura democrática en Colombia con la elección popular de alcaldes.

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El Consejo de Estado consideró que el hecho de 1984, aunque trágico, no impidió la participación del movimiento en las contiendas electorales de 1988 y, por tanto, no podía servir de sustento para reconocerle la personería jurídica.

En consecuencia, la Sala declaró la nulidad del partido Dignidad Liberal por la vulneración del orden superior y aplicación errónea del precedente judicial. Sin embargo, moduló los efectos de la sentencia con alcance hacia el futuro, manteniendo válidas las actuaciones realizadas durante la vigencia del acto anulado, en atención a la presunción de legalidad y la buena fe del movimiento político.

Cabe resaltar que el abogado, Samuel Ortiz Mancipe, por medio de las solicitudes de nulidad en la alta corporación, también logró tumbar los partidos Gente en Movimiento, del precandidato presidencial, Mauricio Lizcano y Poder Popular del expresidente Ernesto Samper.

Con estas sentencias, del Consejo de Estado sienta un precedente para que el CNE sea más riguroso en el aval que otorga a los partidos políticos.

¿Por qué el CNE había otorgado personería jurídica al partido Dignidad Liberal?

En julio de 2024 por petición de Rodrigo Lara (hijo), la sala plena del CNE otorgó personería jurídica al partido Dignidad Liberal.

Según Lara, este partido fue fundado por su padre Rodrigo Lara Bonilla y permaneció vigente en 1974, 1978 y 1982. Sin embargo, según Lara (hijo), el movimiento desapareció luego del asesinato de su padre, entonces ministro de Justicia.

“Desde esta perspectiva, reconocer la personería jurídica a esta organización política es una medida adecuada para asegurar que las consecuencias negativas de los actos violentos no afecten injustamente a quienes buscan contribuir democráticamente al desarrollo de Colombia”, señaló la decisión en su momento.