SAE evalúa instrucción de Petro de enviar oro incautado a Gaza, ¿es viable o no? juristas responden
La entidad encargada de administrar los bienes incautados a la mafia avanza en un análisis jurídico de la propuesta presidencial.

La Sociedad de Activos Especiales (SAE), bajo el liderazgo de su presidenta Amelia Pérez Parra, anunció que avanza en un análisis jurídico y operativo para evaluar la viabilidad de la instrucción del presidente Gustavo Petro de destinar el oro incautado a narcotraficantes en Colombia para atender necesidades en la Franja de Gaza, especialmente la atención médica de niños y niñas heridos.
“La SAE, a través de sus Vicepresidencias de Bienes Muebles e Inmuebles y de Sociedades, junto con el equipo jurídico, adelanta el análisis técnico y normativo necesario para establecer los mecanismos que permitan, dentro del marco legal vigente, dar cumplimiento a la orientación presidencial”, dice la entidad encargada de administrar los bienes incautados a la mafia.
¿La medida es viable o no? Esto dicen juristas
“La Sociedad de Activos Especiales es la encargada de la administración de los bienes que, en virtud de medidas cautelares o ya de extinción de dominio, hacen ingreso al Fondo para la Rehabilitación Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado -FRISCO-. El artículo 91 de la Ley 1708 del 2014 define cuál es la destinación de estos bienes: tenemos en un 25% la rama judicial, en otro 25% la Fiscalía General, un 10% para la Policía Judicial, un 5% para la Defensoría del Pueblo y el 35% restante será reglamentado por el Gobierno Nacional. Esta discrecionalidad que otorga la ley no puede convertirse de ninguna manera en arbitrariedad y por supuesto existen límites para el destino de estos bienes. Dice la misma ley que en principio deberá priorizarse la reparación de las víctimas“, explicó a esta emisora el abogado Andrés Felipe Caballero
“Y frente a esa no regulación, recordemos que los servidores públicos solamente pueden hacer lo que se les está permitido y salir de ese margen y crear una interpretación que no esté contemplada en la ley, podría generar algunas situaciones irregulares, inclusive podría llegar a dar a un prevaricato”, señaló el penalista Juan Felipe Criollo.
Por su parte, el abogado Francisco Bernate considera que "no es procedente” la instrucción presidencial.
“En Colombia la ley de extinción de dominio establece que ese oro y otras especies como divisas o joyas debe ir al Banco de la República para su custodia o venta, y los recursos que se obtengan por ello ingresan al FRISCO, un fondo con destinación establecida, relacionados con gastos internos, justicia, investigación, lucha contra el crimen y en general políticas públicas en Colombia, de manera que el destino de esos recursos no puede modificarse por una decisión del gobierno a fin de ayudar una causa humanitaria en el exterior. Para ello se requeriría un cambio en la legislación".




