Reforma Laboral 2025: esto es lo que le deben pagar de auxilio de conectividad para teletrabajo
Estos son los cambios que traen un nuevo auxilio monetario para conectividad según la nueva ley 2466 de 2025.

Reforma Laboral 2025: monto de auxilio de conectividad
Con la entrada en vigor de la Reforma Laboral, o también conocida como la ley 2466 de 2025, se establece como una obligación del empleador el otorgamiento de un auxilio de conectividad para quienes devenguen menos de dos salarios mínimos mensuales legales.
Este auxilio es de $200.000 mensuales, los cuales estarían destinados para cubrir los gastos de la conectividad a internet y otras herramientas que se necesiten para el teletrabajo.
Sin embargo, hay algunas condiciones para recibirlo. Aquí le contamos cuáles son los requisitos, para que usted pueda revisar si puede pedir el auxilio de conectividad dependiendo de su caso en específico.
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¿Para quiénes aplica el subsidio de conectividad?
Según la ley 2466 de 2025, este auxilio de conectividad de $200.000 se entrega a los trabajadores que cumplan con los siguientes requisitos:
- Debe estar contratado bajo la modalidad de teletrabajo, ya sea total o parcial (es decir, teletrabajo híbrido)
- Usted debe recibir un salario igual o inferior a dos Salarios Mínimos Legales Vigentes (SMMLV). Esto significa que debe tener un salario cercano a los $2.847.000, considerando que para este 2025 el salario mínimo está en $1.423.500.
- Tampoco debe estar recibiendo al mismo tiempo el auxilio de transporte, ya que ambos beneficios son excluyentes. El auxilio de conectividad remplaza el de transporte para los teletrabajadores, ya que estos normalmente no suelen transportarse a la oficina.
Hay que decir que el auxilio de conectividad busca cubrir los gastos derivados del trabajo desde casa, como el internet y la energía. Esto es incluido como base para el cálculo de prestaciones como primas, cesantías y vacaciones.
Otros aspectos de la reforma laboral sobre el teletrabajo
Además del auxilio de conectividad, la nueva ley laboral también contempla diferentes aspectos que entran a regir con a vigencia de la reforma. Dentro de esto se encuentra la regulación formal del teletrabajo como una modalidad de relación laboral dependiente que requiere un contrato formal.
Además, se amplían y se formalizan los tipos de teletrabajo de la siguiente manera:
- Teletrabajo autónomo: El trabajador elige libremente su lugar de trabajo.
- Teletrabajo móvil: Los teletrabajadores no tienen un lugar de teletrabajo fijo establecido.
- Teletrabajo híbrido (antes suplementario): El teletrabajador puede laborar dos o tres días a la semana desde su casa y el resto del tiempo en las instalaciones físicas del empleador.
- Teletrabajo transnacional: Relación laboral celebrada en Colombia, pero donde el teletrabajador labora desde otro país.
- Teletrabajo temporal o emergente: Se activa en situaciones excepcionales, como emergencias sanitarias o desastres naturales, permitiendo el trabajo remoto temporal sin alterar el vínculo laboral subyacente.
También se regula para que los teletrabajadores puedan tener protección adecuada frente a los riesgos laborales presenciales, incluyendo la afiliación a la seguridad social, horarios claros y el derecho a la desconexión laboral.
Algunos de estos apartados de la nueva ley 2466 de 2025 pueden entrar de forma gradual, por lo que se recomienda estar atento a los anuncios por parte el gobierno y el Ministerio del Trabajo sobre la entrada en vigor de esta y otras características de la ley.




