Justicia

“Ojalá que los operadores garanticen el acceso ilimitado a todas las plataformas”: presidente Ibáñez

El presidente de la Corte, Jorge Enrique Ibáñez, se refirió a un fallo que ordena los proveedores de internet no imponer aplicaciones en los planes ‘zero rating’.

Magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar.

Magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar.(Cortesía: Camila Díaz, Colprensa.)

JUSTICIA

El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, se pronunció sobre la sentencia C-206 que declaró inexequible una expresión del artículo 56 de la Ley 1450 de 2011 que permitía a los proveedores de internet imponer aplicaciones en los planes de internet móviles.

De acuerdo con Ibáñez, con este fallo se busca que el usuario de internet tenga la posibilidad de escoger que aplicaciones le gustaría incluir dentro del beneficio “zero rating” que ofrecen los operadores móviles.

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“Si el mecanismo ‘zero rating’ garantiza acceso ilimitado a todas las plataformas, pues bienvenido. Lo que pasa es que a veces el mecanismo del zero rating solo garantiza acceso muy limitado a determinadas plataformas y enrutan a sus usuarios solo para que puedan llegar a esas plataformas, con lo cual se genera una discriminación", indicó el presidente de la Corte.

Cabe resaltar que el “zero rating”, una práctica comercial que permite a los operadores móviles ofrecer acceso gratuito a ciertas aplicaciones, sin descontar del plan de datos contratado. Usualmente, solo se ofrecia, en su mayoría, acceso a WhatsApp, Facebook e Instagram.

“No necesariamente los operadores deben dejar de ofrecer sus programas, lo más importante es que el usuario tenga la posibilidad de escoger tranquilamente y pueda a su turno, disponer de todos los mecanismos en igualdad de condiciones para acceder a un servicio que es esencial hoy en día", indicó el jurista boyacense.

Los demandantes: El Veinte y Ana Bejarano

Ana Bejarano, codirectora de El Veinte, explicó en Caracol Radio que con este fallo, la Corte ordena que la gente tenga la capacidad de elegir cuáles son las aplicaciones y los planes en los que quiera pueda disfrutar de ese internet gratis.

“Se abren las puertas de la internet en Colombia para que la gente acceda de una manera libre y neutral y no sean las grandes plataformas las que deciden cómo la gente ve y accede al internet", indicó la demandante.

Para Bejarano, esta decisión va en pro de los derechos de los usuarios de internet a quienes se les imponía aplicaciones en su plan de datos limitando el acceso en la web.

“El Internet es un derecho que implica además el ejercicio de muchos otros derechos y lo que queremos es que la gente pueda acceder libremente a eso, no solamente a que las grandes plataformas acuerden con las empresas de telefonía celular que usualmente son de Meta", dijo en Caracol Radio, Ana Bejarano.

Con esta decisión de la Corte, se ordena a los operadores que en no más de un año se rediseñen sus planes comerciales y se promueve un acceso más equitativo a internet para todos los usuarios.

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