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Justicia

Demandan circular de MinTrabajo que da vía libre a trabajadores públicos y privados salir a marchar

La Fundación para el Estado de Derecho asegurá que se pasa por encima de los empleadores, respaldados por la ley.

Apoyo a las reformas propuestas por el presidente Gustavo Petro, 18 de marzo de 2025. (Foto: Jorge Londono/Long Visual Press/Universal Images Group vía Getty Images)

Apoyo a las reformas propuestas por el presidente Gustavo Petro, 18 de marzo de 2025. (Foto: Jorge Londono/Long Visual Press/Universal Images Group vía Getty Images) / Long Visual Press

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Al Consejo de Estado llegó una demanda de nulidad contra la Circular Externa 0061 del 27 de mayo de 2025, expedida por el Ministerio del Trabajo que autoriza a los trabajadores a ausentarse de sus labores los días 28 y 29 de mayo para apoyar la consulta popular.

Esta circular, que cobija a los trabajadores del sector público y privado, les permite asistir a estas actividades de manifestación sin que ello genere sanciones ni descuentos salariales.

Para la Fundación para el Estado de Derecho, demandantes, esta directiva es altamente preocupante pues pasa por encima de principios consagrados en la ley.

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“En primer lugar, viola principios esenciales del derecho administrativo y laboral, al conceder permisos remunerados sin ningún sustento legal. En el caso de los empleados públicos, la normativa vigente —como la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015— establece de forma taxativa las situaciones en las que puede haber ausencia justificada con derecho a remuneración", indica la Fundación.

Ahora, en cuanto al sector privado, la circular impide que los empleadores adopten medidas frente a ausencias injustificadas.

“De manera aún más grave, el Ministerio del Trabajo amenaza con sancionar a los empleadores que no acaten la circular, lo que implica la creación informal de una nueva infracción administrativa sin respaldo legal. Esto transgrede el principio de legalidad sancionatoria consagrado en el artículo 29 de la Constitución”, explicó la organización.

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Por último, entre los argumentos de la demanda se tiene que, la circular desconoce el deber del Estado de garantizar la continuidad de las funciones esenciales y de los servicios públicos, como la salud, la seguridad, la atención ciudadana y la operación básica del aparato estatal.

Además, la decisión implica un impacto económico directo para el erario, al autorizar el pago de salarios sin que exista prestación del servicio.

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