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¿Qué dice el Código de Policía sobre las mascotas? Advierten de cuantiosas multas en estos casos

Las sanciones pueden variar en función de la gravedad de la infracción y van desde amonestaciones hasta multas económicas. Estas son las más comunes:

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Imagen de referencia vía Getty Images / Olga Pankova

El Código Nacional de Policía y Convivencia de Colombia establece normas específicas para la tenencia responsable de mascotas.

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Este código amparado bajo la Ley 1801 de 2016 incluye varios aspectos, como la recogida de excrementos, el ruido, zonas de recreo, lugares público y el transporte de las mascotas. Las infracciones a estas disposiciones pueden conllevar sanciones económicas significativas.

Según el artículo 117 que regula la tenencia de mascotas en propiedades horizontales y establece las normas para que los animales puedan ingresar a lugares públicos, todos los animales deben cumplir con la reglamentación de los lugares públicos, abiertos al público o edificaciones públicas.

En el caso puntual de propiedades horizontales o conjuntos residenciales, la ley indica que los ejemplares caninos deberán ir sujetos por medio de traílla. Los caninos potencialmente peligrosos, además irán provistos de bozal y el correspondiente permiso.

A rasgos generales, estás son las normas establecidas en el código de policía que las personas a cargo de mascotas deberán tener en cuenta en este tipo de espacios si no quieren enfrentar cuantiosas multas:

  • Está prohibido dejar los excrementos de mascotas en espacios públicos o en áreas comunes.
  • Los propietarios o tenedores de mascotas deben recoger sus excrementos.
  • En sectores residenciales, el nivel máximo de ruido permitido es de 65 decibeles de día y de 55 de noche.
  • Las multas por exceder el nivel de ruido pueden llegar a ser de hasta 16 salarios mínimos diarios legales vigentes.
  • Los alcaldes distritales o municipales reglamentan las condiciones y requisitos para el transporte de mascotas en los medios de transporte público.
  • Los concejos distritales y municipales regulan el ingreso de mascotas a las zonas de juegos infantiles.
  • Los animales deben cumplir con la reglamentación de los lugares públicos, abiertos al público o edificaciones públicas.
  • Solo se pueden tener como mascotas los animales autorizados por la normatividad vigente.
  • Los caninos potencialmente peligrosos deben ir provistos de bozal y el correspondiente permiso.

Tipos de multas por la tenencia de mascotas

Ahora bien, las multas por el manejo inadecuado de animales se encuentran dentro de este código para asegurar la convivencia armoniosa en los espacios públicos y privados.

Las sanciones pueden variar dependiendo de la gravedad de la infracción y van desde amonestaciones hasta multas económicas. En el código de convivencia de la Policía, una multa por una infracción puede ir desde una sanción de tipo 1 más leves, como amonestaciones o advertencias hasta una sanción de tipo 4, que implican multas más altas).

  • Multa General tipo 1: $98.362 (4 salarios mínimos diarios legales vigentes).
  • Multa General tipo 2: $196.724 (8 salarios mínimos diarios legales vigentes).
  • Multa General tipo 3: $393.448 (16 salarios mínimos diarios legales vigentes).
  • Multa General tipo 4: $786.896 (32 salarios mínimos diarios legales vigentes).

Por ejemplo, según explica el artículo 33 del Código Nacional de Policía, en un lugar residencial el nivel máximo permitido de ruido es de 65 decibeles de día/55 de noche. Esta infracción puede llegar a ser igual a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, una multa tipo 3.

Entre las infracciones más comunes y sus correspondientes sanciones se encuentran:

  • Dejar a la mascota suelta en espacios públicos (sin correa o bozal si es necesario): tipo 2 y la multa puede estar entre $186,000 COP y $372,000.
  • No recoger los excrementos de la mascota en espacio público: tipo 1 y se multa con $93,000 COP a $186,000.
  • Falta de control de animales peligrosos (perros potencialmente peligrosos sin bozal o correa): tipo 2 y las multas pueden ser de $186,000 COP a $372,000 COP.
  • Abandono de mascotas: tipo 4 y puede llevar una multa de $744,000 COP a $1,860,000.

Para conocer más podrá consultar el Código de Convivencia a continuación: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=80538

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