Justicia

Corte niega solicitud de nulidad y deja en firme elección de Altus Baquero en el CNE

El Consejo de Estado argumentaba una presunta violación al debido proceso y una supuesta falta de competencia para la emisión del fallo.

Magistrado Altus Baquero. Foto: Colprensa.

Magistrado Altus Baquero. Foto: Colprensa.

La Corte Constitucional negó una solicitud de nulidad presentada por el Consejo de Estado contra la Sentencia SU-342 de 2024 por medio de la cual se respaldó la elección de Altus Baquero como magistrado del Consejo Nacional Electoral.

El Consejo de Estado solicitó la nulidad de la sentencia por dos motivos:

- Por la presunta violación al debido proceso a causa de incongruencia entre sus partes considerativa y resolutiva, y por contener órdenes a entidades no vinculadas, de conformidad con las razones expuestas en esta providencia.

- Por la presunta falta de competencia para su expedición, de conformidad con las razones expuestas en esta providencia.

¿Qué dice la Corte Constitutional por el caso Altus Baquero?

La Corte estudió las dos causales propuestas en la solicitud de nulidad presentada por los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado.

Sobre la violación del debido proceso, la Sala consideró que no se configuró porque la Sección Quinta, como autoridad accionada, estuvo vinculada al trámite de la tutela y pudo participar en las actuaciones y en el debate del proceso.

“La suspensión de los efectos de dicha sentencia se ordenó, como amparo transitorio, por la obligación del juez constitucional en cuanto amparar los derechos fundamentales y evitar un perjuicio irremediable”, indicó la Corte.

En relación con la falta de competencia de la Corte para devolver a Baquero al cargo, la Sala consideró que la Corte actuó con sustento en lo dispuesto por el artículo 241.9 superior y por lo regulado en el Decreto 2591 de 1991.

“La sentencia objeto de la solicitud fijó una interpretación constitucional sobre el alcance de las normas superiores y el derecho a ejercer cargos públicos, conforme los asuntos en debate dentro del proceso de revisión en el expediente T-9732556, sin que ello significara exceder sus atribuciones o impactar en el operador judicial a quien, autónomamente, correspondía decidir la acción de tutela dirigida contra la sentencia del 6 de junio de 2024 proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado”, indicó la Corte.

La polémica elección de Baquero

En junio de 2024, el Consejo de Estado declaró nula la elección de Altus Alejandro Baquero como magistrado del Consejo Nacional Electoral, periodo 2022-2026, por falsa motivación, expedición irregular e incumplimiento de las calidades y requisitos constitucionales y legales.

Por ello, el magistrado Altus Baquero instauró acción de tutela y la Corte Constitucional amparó de manera transitoria el derecho a acceder a cargos y funciones públicas del magistrado.

Con esa última actuación, que negó la solicitud de nulidad del Consejo de Estado que busca tumbar a Baquero y lo dejó en el cargo.

Cabe recalcar que, Baquero es un voto clave en el CNE, pues completa la sala plena ahora que el expediente por la financiación de la campaña del presidente Gustavo Petro está avanzando.

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