Juez admite tutela que pide un examen psicológico-psiquiátrico a concejales de Santa Marta
La parte actora de este trámite constitucional también solicitó que, como medida provisional, se ordene «suspender todas las actividades administrativas que representan los integrantes del Concejo distrital, hasta tanto se resuelva el fondo de esta demanda».
Santa Marta
Esta valoración clínica psiquiátrica es porque algunos concejales en cada sesión se lanzan improperios entre sí, utilizando un lenguaje soez que nada tiene que ver con el discurso de control político dentro de la corporación. Incluso se ha dicho que llegan al recinto, presuntamente, bajo sustancias psicoactivas y consumo de licor.
El Juzgado Undécimo Administrativo de Santa Marta fue el que admitió esta polémica demanda interpuesta por Juan Tercero Padilla Arnedo, locutor de esta ciudad que busca determinar la existencia o no de problemas presuntos patológicos psicológicos o psiquiátricos de los legisladores distritales.
Así las cosas, el juzgado que avocó en conocimiento la presente acción, indicó que aun cuando la solicitud de amparo se encuentra dirigida contra la Procuraduría de Santa Marta, el Personero Distrital y la Defensoría Regional del Pueblo, decidió vincular al presente trámite a todos los Concejales del Distrito de Santa Marta, por tener interés en el presente proceso, para que en el término de dos (2) días hábiles se pronuncie al respecto.
Le puede interesar: Amenazan de muerte a diputada del Magdalena: le desean ‘Feliz Navidad’ con dos balas
¿Y SOBRE LA MEDIDA PROVISIONAL?
De otro lado, se observó que la parte actora solicitó que, como medida provisional, se ordene «suspender todas las actividades administrativas que representan los integrantes del concejo distrital, hasta tanto se resuelva el fondo de esta demanda, y que medicina legal ordene la práctica de dichos exámenes, o poder determinar la existencia o no de problemas presuntos patológicos psicológicos o psiquiátricos de los legisladores distritales».
Ante esto, el juzgado señaló que «no aporta medios de pruebas que permita inferir sumariamente la veracidad de los hechos puestos de presente en esta acción tuitiva, respecto, de la existencia de algún tipo de patología que recae sobre uno o todos los Concejales del distrito de Santa Marta».
Así pues, estima esta agencia judicial que la medida provisional incoada por la parte actora no resulta procedente, por cuanto no reúne los presupuesto para acceder a su decreto.
Escuche lo que opina un concejal de Santa Marta, Juan Carlos Palacio.
JUAN CARLOS PALACIO, CONCEJAL