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Pico y placa Cartagena de lunes 16 al 20 de septiembre: Rotación, motos y particulares

Esta medida aplica para vehículos particulares, como carros y motos y los vehículos de servicio público, como los taxis.

Pico y Placa Cartagena - Getty Images

Las medidas de pico y placa adoptadas en las diferencias ciudades principales del país tienen el objetivo de mejorar la movilidad en horas críticas con alto flujo vehicular, disminuir el tiempo de desplazamiento de los ciudadanos y reducir los índices de contaminación generados por los vehículos; además de hacer que los ciudadanos busquen servicios de transporte alternativos, como los buses de servicio público o la bicicleta.

Así, la Alcaldía de Cartagena, publicó el decreto 02 de 2024, 0007 de 2024 y el decreto 1145 de 2023, en el que se reglamenta la restricción de movilidad para vehículos particulares, las motos y los taxis, si bien el decreto para los taxis tenía vigencia hasta el 30 de agosto de 2024, este fue prorrogado por un mes más, continuando la rotación como había sido establecida. Le contamos cómo aplicará la semana entre el 16 y el 20 de septiembre.

Pico y placa semana del 16 al 20 de septiembre, carros particulares

Según esta resolución, la medida de pico y placa aplica para todos los vehículos de servicio particular y público, incluidas motocicletas y taxis.

  • Lunes 16 de septiembre: carros y motos con las placas terminadas en 3 y 4 y taxis con placas que terminen en 1 y 2.
  • Martes 17 de septiembre: vehículos y motos particulares con placas terminadas en 5 y 6, taxis en 5 y 6.

Le puede interesar:

  • Miércoles 18 de septiembre: no pueden circular motos ni vehículos particulares con placas terminadas en 7 y 8, y taxis con placas terminadas en 7 y 8.
  • Jueves 19 de septiembre: restricción de vehículos y motos particulares con placas terminadas en 9 y 0 y taxis con placas que finalicen en 9 y 0.
  • Viernes 20 de septiembre: vehículos y motos con placas terminadas en 1 y 2 no pueden movilizarse, así como taxis con placas terminadas en 1 y 2.

Tenga en cuenta que según el decreto mencionado anteriormente, esta rotación estará vigente únicamente hasta el 27 de septiembre, por lo que se debe estar atento a las nuevas medidas acordadas por la Alcaldía de la ciudad.

Horarios de restricción

La restricción para vehículos particulares aplica en dos franjas a lo largo del día, horario modificado a través del decreto 0599 del 18 de abril de 2024:

  • De 7:00 a.m. a 9:00 a.m.
  • De 6:00 p.m. a 8:00 p.m.

Para motos la restricción tiene un horario de 5:00 a.m. a 11:00 p.m.; mientras que para taxis inicia a las 6:00 a.m. y finaliza a la misma hora del día siguiente.

Zonas donde aplica la medida

  • Transversal 54.
  • Avenida Pedro de Heredia.
  • Troncal del Occidente.
  • Avenida Santander.
  • Avenida San Martín.
  • Avenida Pedro Romero (Calle 31D)
  • Carrera 30 (La esperanza)
  • Diagonal 32 (Carretera antigua de Turbaco)
  • Carrera 71.
  • Avenida Blas de Lezo.
  • Avenida Rafael Núñez.
  • Avenida Luis Carlos López.
  • Algunos tramos de la Calle 30
  • Avenida del Lago.
  • Corredor de Carga.
  • Avenida Crisanto Luque.
  • Puente Román.
  • Vías internas de la ciudad amurallada.
  • Sector centro amurallado