Sin nuevos artículos, reforma laboral fue radicada para su segundo debate en el Congreso
Los ponentes confirmaron que en la ponencia para esta instancia no se incluyeron más propuestas que no hayan aprobado o puesto sobre la mesa en el primer debate llevado a cabo el semestre pasado.
Fue radicada en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes el texto de la Reforma Laboral para que surta su segundo debate en la Plenaria de la Corporación, el cual tuvo algunos cambios durante su primer debate.
La iniciativa se radicó en presencia de los ponentes y en compañía de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), junto con otros actores del sector que han apoyado la propuesta del gobierno para modificar las leyes laborales del país.
El presidente de la Corporación, Jaime Raúl Salamanca, espera que puedan empezar las discusiones durante el mes de septiembre, para que alcancen los tiempos y se pueda dar trámite a los artículos con suficiente tiempo antes de que se termine la legislatura. Así mismo, los ponentes confirmaron que en la ponencia no se incluye nada que no haya salido del primer debate.
Durante el semestre pasado, mientras se dio el primer debate de la reforma, se destacó la eliminación de diferentes artículos que trataban de regular los derechos colectivos de los trabajadores, y la creación de sindicatos.
Todo esto, debido a una proposición que firmaron 12 congresistas del centro democrático, el partido de la u, cambio radical, partido liberal y conservador, que consideraron que no se logró un acuerdo para las contradicciones que representan estos artículos, y que no se lograron concertar en la mesa de negociación salarial.
Dentro de estos artículos se proponía la modificación a las cuotas de aprendices en las empresas, la creación de los puestos de trabajo en atención a emergencias y forestación, ámbito de aplicación de la negociación colectiva, libertad sindical, afiliación a los sindicatos, prohibiciones a los sindicatos, retención de las cuotas sindicales, trabajadores amparados, derecho de federación, garantía del derecho de la negociación colectiva, derecho de huelga y servicios esenciales, desarrollo y forma de huelga, funciones de las autoridades, la administración de la Planilla Única de Liquidación de Aportes (PILA).