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¿Cuándo se puede pedir la pensión anticipada en Colpensiones?

Conozca los casos en los que un trabajador puede solicitar la pensión anticipada en Colpensiones.

Pensión anticipada en Colpensiones - Getty Images / andresr

En nuestro país el sistema de pensiones se encuentra regulado por la Ley 100 de 1993, el cual creó dos regímenes de pensiones, el régimen de ahorro individual con solidaridad, gestionado por los fondos de pensiones privados, y el régimen de prima media, administrado por Colpensiones, dos regímenes con múltiples diferencias.

Estos dos regímenes buscan que todos los trabajadores, dependientes o independientes, puedan realizar aportes para asegurar una vejez digna, en el caso de Colpensiones para cualquiera de los tipos de pensión que existen.

Para poder acceder a la pensión por vejez con Colpensiones los trabajadores deben cumplir con algunos requisitos claves que incluyen el número de semanas cotizadas y la edad, sin embargo, existen algunos casos en los que se puede pedir la pensión anticipada, sin necesidad de cumplir el requisito de la edad.

Casos en los que se puede solicitar la pensión anticipada

Existen tres casos en los que se puede solicitar una pensión especial de vejez de manera anticipada en Colpensiones, estos son:

  • Pensión especial de vejez por hijo con discapacidad.
  • Pensión especial de vejez por discapacidad física, psíquica o sensorial.
  • Pensión especial de vejez por actividades de alto riesgo.

Tenga en cuenta que en el régimen privado estos tipos de pensiones funcionan de manera diferente, por lo que esta información solo aplica si el trabajador cotiza en Colpensiones, si no conoce el régimen o el fondo en el que cotiza, puede consultarlo de manera sencilla a través del Registro único de Afiliados.

Pensión especial de vejez por hijo con discapacidad

Este tipo de pensión se encuentra establecida en el inciso segundo del parágrafo 4 del artículo 9 de la ley 797 de 2003, que modificó el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, este establece que:

“La madre trabajadora cuyo hijo menor de 18 años padezca de invalidez física o mental, debidamente calificada, y hasta tanto permanezca en este estado y continúe como dependiente de la madre, tendrá derecho a recibir la pensión especial de vejez a cualquier edad, siempre que haya cotizado en el Sistema General de Pensiones cuando menos el mínimo de semanas exigido en el régimen de prima media para acceder a la pensión de vejez”.

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De acuerdo con el Ministerio de Justicia, los requisitos para acceder a esta pensión son:

  1. Que el hijo permanezca en estado de invalidez.
  2. Que la dependencia económica del hijo continúe.
  3. Que el padre o la madre no se reincorpore al mundo laboral.

Pensión especial de vejez por discapacidad física, psíquica o sensorial.

Este tipo de pensión anticipada también se encuentra explicada en el parágrafo 4 del artículo 9 de la ley 797 de 2003, de acuerdo con este, las personas que padezcan una deficiencia física, psíquica o sensorial del 50% o más, que tengan al menos 55 años y que cuenten con al menos 1.000 semanas cotizadas podrán presentar una solicitud para recibir la pensión anticipada.

La invalidez se puede generar por origen laboral, cuando hay un accidente de laboral o la enfermedad que originó la pérdida de la capacidad laboral fue causada por el trabajo, o por origen común, cuando ocurre un accidente o enfermedad de manera no intencional, hay determinadas enfermedades por las que se puede otorgar este tipo de pensión.

Pensión especial de vejez por actividades de alto riesgo.

Como su nombre lo indica, este tipo de pensión anticipada puede ser solicitada por los trabajadores que realizan labores definidas como de alto riesgo, principalmente por el impacto que tienen en la salud.

Según el Ministerio de Justicia, las actividades consideras de alto riesgo incluyen: trabajos de minería en socavones o subterráneos, exposición a altas temperaturas, exposición a radiación ionizante, exposición a sustancias comprobadamente cancerígenas, cuerpos de bomberos, trabajos con el INPEC, entre otros.

Los requisitos para solicitar este tipo de pensión incluyen haber cumplido 55 años y haber cotizado las semanas mínimas establecidas para el Sistema General de Seguridad Social en Pensiones.