Costo de publicidad política en Colombia es de 2 billones de pesos al año: senadora Angélica Lozano
La congresista Angélica Lozano explicó las condiciones de la Ley Chao Marcas de Gobierno, sancionada por el presidente Petro, pero que sigue sin ser publicada de manera oficial para que entre en vigencia.
Costo de publicidad política en Colombia es de 2 billones de pesos al año: senadora Angélica Lozano
El pasado 5 de enero, el presidente Gustavo Petro sancionó la Ley 2345 del 30 de diciembre de 2023, también conocida como la “Ley Chao Marcas de Gobierno”.
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A través de esta iniciativa legislativa se busca minimizar el gasto fiscal de los gobiernos Nacional, departamentales y municipales en la creación y difusión de la imagen política para su cuatrienio.
Además, regula la construcción de una identidad publicitaria fija para cada administración a través de un manual de identidad visual para todas las entidades estatales.
Sin embargo, la sanción de esta ley aún no ha sido publicada en el Diario Oficial de Colombia, el medio a través del cual se oficializa la entrada en vigencia de disposiciones legales nuevas y modificadas en el país.
Así lo dio a conocer la senadora de la Alianza Verde, Angélica Lozano, en conversación con 6AM Hoy por Hoy.
La congresista advirtió a los mandatarios en las regiones que eviten “avionadas” por el retraso en la publicación, para intentar disponer de recursos para la publicidad de sus administraciones.
Con la sanción de esta nueva ley, los alcaldes, gobernadores y el presidente de la República no podrán crear marcas oficiales que estén relacionadas con sus movimientos políticos.
Con esa disposición se ahorrarían al menos 2 billones de pesos en identidad publicitaria que se gastan cada año en el país, según la Contraloría General de la República, indicó la senadora.
Una ley sin vigencia
La congresista Lozano explicó que, pese a que la ley ya fue sancionada por el Presidente de la República, mientras esta no se publique no tiene vigencia: “sin publicación no existe ni rige”.
“El viernes 5 de enero supimos que el presidente la firmó el 30 de diciembre. Pero todavía no está en el Diario Oficial, es decir que todavía no está vigente”, explicó.
El Diario Oficial está a cargo de la Imprenta Nacional de Colombia, pero la orden de publicación se da desde la Casa de Nariño de forma directa.
“Si una ley que dice ‘publíquese y cúmplase’, es ‘publíquese en el Diario Oficial’. Falta ese último hervor”, añadió Lozano.
A pesar de su falta de vigencia por el retraso en la publicación, la senadora espera que las administraciones de departamentos y municipios se acojan a las condiciones de las que ya tienen conocimiento.
“La ley es exigible a partir de su publicación, pero apelamos al sentido común y a la voluntad política. Todos los nuevos alcaldes, gobernadores, superintendencias, entidades nacionales, departamentales y municipales ya saben que esto existe”, dijo.
Y agregó: “la invitación es a que no busquen atajos de avionarse (sic). Estamos a tiempo de que no se generen esos gastos”.
Sin embargo, hizo énfasis en la importancia que tiene la publicación de la ley sancionada “para que sea exigible” y “nos pueda unificar”.
Disposiciones de la ley
En su comunicación con 6AM Hoy por Hoy, la senadora Lozano explicó que un punto fundamental de la ley es la creación, en un plazo máximo de seis meses, del manual de imagen publicitaria de las instituciones.
Expuso que la forma en la que ahora funcionará la imagen de las administraciones corresponde básicamente al uso del escudo de cada municipio o departamento, acompañado del nombre de la respectiva institución.
Además, la ley incluye disposiciones sobre el uso adecuado de las redes sociales y las estrategias de publicidad digitales.
“También se toman medidas sobre lo digital, ahora que buena parte de la publicidad y la pauta es virtual, y se aclara la diferencia entre una cuenta oficial y el fulano o sutano que sea alcalde o gobernador”, dijo Lozano.
Destacó además que el éxito de esta ley en las discusiones del Congreso de la República, tiene parte de su base en la iniciativa que empezó a implementarse en 2019 en Bogotá y se replicó en otras administraciones.
“La buena experiencia de Bogotá de volverlo acuerdo en el 2019, luego la tomaron Pereira, Bucaramanga y Antioquia. De esas experiencias surgió convertirlo en ley y se aprobó por unanimidad”, señaló.
Casos de excepción
Es importante aclarar que la “Ley Chao Marcas de Gobierno” aplica solamente para las administraciones e instituciones públicas, pero no sobre las empresas con participación del Estado.
Tampoco aplica para las estrategias de comunicación en la que se busca adelantar proyectos especiales como las jornadas de vacunación: “hay lugar a campañas específicas que lo ameritan”, dijo Lozano.
En cuanto a las empresas en las cuales las administraciones tienen parte como dueñas y que compiten con privadas en el mercado, como las licoreras, loterías y empresas de servicios públicos, tampoco aplica la ley.
“Ahí hay una excepción. Las licoreras son departamentales, esas empresas industriales y comerciales del Estado, mixtas o del régimen especial, están exentas”, explicó la senadora.
Esto, dado que “son empresas que compiten comercialmente”, por esa razón pueden adelantar estrategias como renovación de marcas y estrategias de comunicación, sin acogerse a la nueva ley.