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Licencia de maternidad: ¿Cuánto es el pago en 2023 y cuántos días son?

En Colombia el tiempo y la remuneración de la licencia de maternidad está determinada por el Código Sustantivo del Trabajo.

Cuánto es el pago y cuántos días son de la licencia de maternidad - Getty Images

Cuánto es el pago y cuántos días son de la licencia de maternidad - Getty Images / Prostock-Studio

Todas las mujeres que se encuentren en estado de embarazo y que se encuentren vinculadas a una empresa o sean trabajadoras dependientes tienen derecho a la licencia de maternidad, igualmente, según lo determinó la sala plena de la Corte Constitucional esta también aplica para los hombres trans y las personas no binarias.

Esta licencia busca garantizar el derecho de las trabajadoras de pasar las primeras semanas con su hijo, además de recuperarse del parto. En Colombia, esta licencia tuvo algunos cambios en 2021, al igual que la de paternidad, uno de los más representativos fue el aumento en el tiempo de la licencia.

En el país, el Código Sustantivo del Trabajo, establece el tiempo y la remuneración que recibirán las trabajadoras por la licencia de maternidad.

Tiempo de la licencia de maternidad

De acuerdo con el articulo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado inicialmente por la Ley 1822 de 2027 y el artículo 2 de la Ley 2114 de 2021, toda trabajadora que se encuentre en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de 18 semanas en la época de parto.

Estas 18 semanas se dividirán de la siguiente manera:

La licencia de maternidad preparto será de una semana con anterioridad a la fecha probable del parto, debidamente acreditada por el médico responsable. Sin embargo, si por alguna razón la madre requiere de tiempo adicional previa al parto podrá gozar de dos semanas.

En caso de que por alguna razón médica la madre no pueda tomar la semana previa al parto, podrá disfrutar de las 18 semanas en el posparto inmediato.

Por otro lado, la licencia de maternidad posparto tendrá una duración de 17 semanas, contadas a partir de la fecha de parto, o de 16 semanas en caso de haber tenido dos semanas de preparto. Igualmente, pueden ser 18 semanas por decisión médica.

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En el caso de las madres que hayan tenido parto múltiple o madres que hayan dado a luz a un hijo con discapacidad, la licencia se ampliará dos semanas más. Mientras que, para las madres de niños prematuros, se tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término que serán sumadas a las 18 semanas establecidas por ley.

Esta licencia de maternidad también aplicará para las madres adoptantes y se tomará como la fecha de parto la fecha de entrega oficial del menor adoptado.

Documentos para presentar al empleador

Para acceder a la licencia la trabajadora deberá presentar al empleador los siguientes documentos:

  1. Certificado médico en el que se registre el estado de embarazo.
  2. Fecha probable del parto.
  3. Indicación del día desde el cual debe empezar la licencia, según recomendación médica.

De cuánto es el pago

De acuerdo con el mismo artículo del Código Sustantivo del Trabajo la remuneración durante la licencia de maternidad será otorgada de acuerdo con el salario que la trabajadora devengue al momento de iniciar su licencia.

En caso de que se trate de un salario que no sea fijo, como el caso de los trabajos remunerados por cumplimiento de tareas, para el cálculo del pago se tomará en cuenta el salario promedio recibido por la trabajadora durante el último año de servicio, en caso de que lleve menos de un año, se tendrá en cuenta el tiempo que lleve desarrollando las labores.

El desembolso de la licencia será igual que el pago del salario es decir que deberá ser pagado de manera quincenal o mensual, dependiendo del reglamento interno de la empresa y de lo que haya quedado consignado en el contrato firmado por la trabajadora.

Quién la paga

De acuerdo con la Superintendencia de Salud el empleador es el encargado de efectuar el pago, para evitarle cualquier perjuicio a la madre y al recién nacido, garantizando el cumplimiento de sus derechos.

Igualmente, posterior al pago, el empleador puede acudir a la EPS correspondiente y solicitar el reembolso de la suma cancelada, sin embargo, para recibir el dinero se deberán cumplir los requisitos contemplados en el decreto único 780 de 2016, los cuales son:

  1. La trabajadora debe estar afiliada como cotizante.
  2. Debe haber cotizado durante todo el periodo de gestación.
  3. Estar al día en el pago de la cotización.

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