Actualidad

¿Pueden inmovilizar una moto por tener stickers? Esto dice la ley

Conozca qué dice la norma y evite pagar una multa de $278.600 y la inmovilización de su vehículo

Motos infracción - Colprensa

Motos infracción - Colprensa

En las últimas horas, se hizo tendencia en las redes sociales el video de un ciudadano que registra el momento en el que una patrullera de la Policía de Tránsito le impone un comparendo e inmoviliza su motocicleta en inmediaciones al Aeropuerto El Dorado de Bogotá por, supuestamente, cambiar el color de su vehículo.

En las imágenes se puede observar el momento en el que el motociclista controvierte a la agente de tránsito, indicando que la moto, que ya se encuentran encima de una grúa, mantiene los colores que aparecen en su tarjeta de propiedad.

Sin embargo, la uniformada le señala un stiker en la parte inferior del depósito de gasolina que sería el motivo de la inmovilización: “tiene verde, azul, amarillo, rojo, naranja”,

“Eso es un sticker, dios mío”, responde el motociclista que recibe la última contestación de la agente, antes de que se corte el video: “Aprenda de colores, caballero”.

Las imágenes que se viralizaron en plataformas como X (antes Twitter), Facebook e Instagram generaron una oleada de indignación por parte de algunos ciudadanos, quienes aseguraron que la agente se estaba extralimitando y que un sticker no era motivo de inmovilización.

Sin embargo, en 6AM HOY por HOY de Caracol Radio, coronel Wilson Barrios Perdomo, jefe de la seccional de Tránsito de Bogotá, explicó la razón por la cual, en este caso, la agente había cumplido a cabalidad con la norma y detalló cuáles son los elementos que pueden cambiar el color de un vehículo.

La norma es bastante amplia en su aplicación y ahí es donde tenemos los inconvenientes”, argumentó el coronel en defensa de la patrullera Sánchez.

No obstante, fue claro en señalar que calcomanías, o cualquier otro tipo de objetos que se apliquen sobre la superficie de un vehículo, modifican los colores originales, por lo que en la tarjeta de propiedad, debería aparecer “multicolor”.

A su vez, sugirió que el desconocimiento de la norma estaría conduciendo a que muchos ciudadanos lleven a cabo estos cambios en las características que identifican a su vehículo, por lo que estarían incurriendo en infracciones de tránsito.

“Todos los vehículos deben permanecer originales en el momento de transitar por la ciudad”, aseguró el jefe de la seccional de Tránsito de Bogotá, a no ser que las modificaciones quedaran consignadas en la tarjeta de propiedad.

Esto dice la Ley

El artículo 49 del Código Nacional de Tránsito Terrestre establece la normatividad frente a modificaciones o cambios de los vehículos, aclarando que:

“Cualquier modificación o cambio en las características que identifican a un vehículo automotor estará sujeto a la autorización previa por parte de la autoridad de tránsito competente y deberá inscribirse en el Registro Nacional Automotor”, indica la Ley.

Por esta razón, es indispensable que la tarjeta de propiedad del vehículo incluya las nuevas características del automotor, las cuales debían ser previamente aprobadas por las autoridades de tránsito, y de esta manera evitar una sanción.

Sanción

A su vez, la norma de tránsito establece que cualquier tipo de modificación, dentro de las que se incluyen el cambio de color, sin previa autorización, representa una sanción de $278.600, que corresponde a ocho salarios mínimos diarios legales vigentes, y a la inmovilización del automotor.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad