En mes y medio el gobierno debe hacer un plan que cumpla con la protección de niños Wayuu

La Corte Constitucional aseguró que el Plan Provisional de Acción que presentó el Gobierno no se encuentra acorde a los objetivos ordenados por el alto tribunal

Niño wayúu con desnutrición crónica, imagen de referencia. (Colprensa - Nicolás Téllez)

Niño wayúu con desnutrición crónica, imagen de referencia. (Colprensa - Nicolás Téllez) / Nicolás Téllez

La Corte Constitucional dio a conocer que le ordenó a la Presidencia de la República y a los Ministerios de Salud, Vivienda, Ambiente, Agricultura y Hacienda, entre otras entidades del Gobierno, así como a las entidades territoriales presentar nuevamente, en un plazo de un mes y medio, un Plan de Acción Integrado y Unificado que cumpla con los parámetros ordenados en un Auto, que adoptó medidas cautelares para la protección de los derechos de la niñez Wayuu ya que esta comunidad hace parte del Estado de Cosas Inconstitucional -ECI-.

Fue por esto que emitió una serie de órdenes estructurales para subsanar la situación y garantizar los derechos a la salud, el agua potable y la alimentación de los niños y niñas de los municipios de Maicao, Manaure, Riohacha y Uribía.

En mayo de 2022, advirtieron la necesidad de ordenar a las entidades obligadas al cumplimiento de la Sentencia T-302 de 2017, la adopción de medidas cautelares para la protección de los derechos de la niñez Wayuu. Ello, entre otras razones, al advertir la persistencia de las condiciones que generan el desconocimiento de los derechos fundamentales tutelados a las y los niños Wayuu.

Así mismo concluyó que el Plan presentado por el Gobierno no cumplió los objetivos y los parámetros ordenados en el Auto, entre otras razones, porque “de las 83 acciones propuestas, únicamente, 44 fueron asociadas de manera explícita a un objetivo, no se advirtió que dicho plan hubiera formulado índices de goce efectivo de derechos, se notó la ausencia de cronogramas, articulación entre las entidades y precisión respecto de cuáles de estas deberán cumplir las acciones”, dice el fallo.

Así mismo la Corte resaltó que después de casi cinco años de ejecutoriada la sentencia que declaró el ECI, las entidades estatales aún cuentan con funcionarios que desconocen todos los fundamentos que llevó a esa declaratoria por eso que no aprobó el Plan de Acción remitido y declaró el cumplimiento bajo de lo ordenado en el Auto 696 de 2022.

Además, le ordenó a la Consejería Presidencial que remita un Plan integrado y unificado en el que se evidencie una real articulación entre las entidades del orden nacional y territorial, y proponiendo cada una de las acciones con base en los parámetros indicados en el mencionado auto.

Finalizó señalando que la Contraloría General deberá auditar la ejecución de los recursos públicos destinados a los proyectos presentados en el Plan. También se ordenó informar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre esta decisión, toda vez que está relacionada con las resolución de medidas cautelares adoptadas por dicho órgano internacional en La Guajira.

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