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¿Cómo será la reducción de jornada laboral que comienza a partir del 2023?

Las empresas privadas y públicas tendrán que acogerse a la nueva medida que reduce el horario laboral.

Colprensa / Álvaro Tavera

Desde este año comienza a regir la ley 2101 de 2021, que tiene como objetivo reducir la jornada laboral y pasar de manera gradual de 48 horas a 42, en cinco o seis días semanales, dependiendo el acuerdo que realicen los trabajadores y empleadores.

De acuerdo con el artículo 3 de la mencionada norma, la disminución de la jornada laboral ordinaria, podrá ser implementada de manera gradual por el empleador, de la siguiente manera:

Transcurridos dos (2) años a partir de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá una (1) hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales.

Pasados tres (3) años de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales.

A partir del cuarto año de la entrada en vigencia de la ley, se reducirán dos (2) horas cada año, hasta llegar a las cuarenta y dos (42) horas semanales, conforme a lo establecido en el articulado.

La intención de la ley es que las personas dispongan de más tiempo para su vida personal, así como compartir más tiempo con su familia e incluso, realizar actividades de ocio. Al mismo tiempo que se mejora la productividad laboral.

Un punto importante, es que la disminución de la jornada laboral, no implicará una reducción en la remuneración de los empleados y los trabajadores seguirán devengando el mismo salario mensual o quincenalmente. Tampoco representará una exoneración de las cargas laborales de los trabajadores.

Colombia, uno de los países con horarios más largos

Datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), revelaron que según un estudio realizado en el año 2020, Colombia ocupó el segundo lugar a nivel mundial entre los países donde los trabajadores laboran más de 60 horas, con el 14, 2 % y superado solo por Turquía. En la lista le sigue México (13,4 %) y Costa Rica (10,9 %).

El informe de la organización señala que, debido a la alta carga laboral que tienen los colombianos, estarían sufriendo más problemas físicos y emocionales a los que deben enfrentarse día a día.

Así le harán seguimiento

Luego de cinco años de la entrada en vigencia de la ley, el Gobierno hará las auditorías respectivas. “El Gobierno Nacional en cabeza de la entidad competente realizara dentro de los cinco años siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, una evaluación ex post acerca de su cumplimiento. De igual manera, rendirá informes anuales al Congreso de la República con este mismo fin”, explica la normativa.

Excepciones de la ley

La normativa explica que cuando la jornada semanal de 42 horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana, el trabajador deberá contar “con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el día domingo”.

Frente a la organización de turnos de trabajo sucesivos, de temporal o indefinidamente, la ley explica que deberá ”operar a la empresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana”.

Y agrega que, “en este caso no habrá lugar a recargo nocturno ni al previsto para el trabajo dominical o festivo, pero el trabajador devengará el salario correspondiente a la jornada ordinaria de trabajo, respetando siempre el mínimo legal o convencional y tendrá derecho a un día de descanso remunerado”.

El documento asegura “en las labores que sean especialmente insalubres o peligrosas, el gobierno puede ordenar la reducción de la jornada de trabajo de acuerdo con dictámenes al respecto”.

En el caso de adolescentes autorizados para trabajar, mayores de 15 y menores de 17 años, solo podrán trabajar en jornada diurna máxima de seis horas diarias y treinta horas a la semana y hasta las 6:00 de la tarde.

Mientras que los adolescentes mayores de 17 años, solo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias y 40 horas a la semana y hasta las 8:00 de la noche.